Disposiciones generales. . (2021/130-4)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se anuncia el avance de la convocatoria de Ayudas para la Recualificación del Sistema Universitario Español para 2021-2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Jueves, 8 de julio de 2021
página 19
organismos situados fuera de España, siendo necesario residir en el país donde se ubica
la universidad o el centro de investigación de origen
d) Que la estancia solicitada se desarrolle en la Universidad de Cádiz, de forma
continuada.
e) Que se justifique el impacto de su incorporación en la recualificación del equipo
universitario de la Universidad de Cádiz.
f) Las personas solicitantes deberán incluir en la solicitud a un/a investigador/a
tutor/a, que deberá ser doctor/a y tener vinculación funcionarial o laboral estable con la
Universidad de Cádiz, que actuará como orientador/a científico/a, ejercerá la tutela de la
persona candidata y proporcionará la infraestructura y equipamiento necesarios para el
desarrollo de su actividad investigadora. La persona investigadora que ejerza dicha tutela
solo podrá constar en una única solicitud presentada en esta convocatoria.
3. Gestión y publicación de la convocatoria.
La convocatoria será publicada antes del 4 de julio en la web del Área de Investigación
y Transferencia de la Universidad de Cádiz https://ugi.uca.es/recualificacion/ mediante
resolución del Rector de la Universidad de Cádiz.
4. Solicitudes y plazo de presentación.
La presentación de solicitudes y el plazo de presentación serán indicados en la
convocatoria.
5. Plazo de ejecución.
El plazo máximo de ejecución de las actuaciones será hasta el 31 de diciembre de 2023.
6. Justificación.
Las personas que resulten beneficiarias ajustarán su ejecución y presentación de
documentación a los plazos que se establezcan para la certificación de estos fondos.
7. Recursos.
La convocatoria será resuelta por resolución rectoral, que pondrá fin a la vía
administrativa; los interesados podrán interponer, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar
desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, según disponen los
artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este
Rectorado, en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, de conformidad con los artículos 112.1, 123.1 y 124.1 de la
LPACAP.
00195294
Cádiz, 2 de julio de 2021.- El Rector, P.D. de competencias (Resolución UCA/
R53REC/2021, de 19.2), la Vicerrectora de Política Científica y Tecnológica, María Jesús
Mosquera Díaz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Jueves, 8 de julio de 2021
página 19
organismos situados fuera de España, siendo necesario residir en el país donde se ubica
la universidad o el centro de investigación de origen
d) Que la estancia solicitada se desarrolle en la Universidad de Cádiz, de forma
continuada.
e) Que se justifique el impacto de su incorporación en la recualificación del equipo
universitario de la Universidad de Cádiz.
f) Las personas solicitantes deberán incluir en la solicitud a un/a investigador/a
tutor/a, que deberá ser doctor/a y tener vinculación funcionarial o laboral estable con la
Universidad de Cádiz, que actuará como orientador/a científico/a, ejercerá la tutela de la
persona candidata y proporcionará la infraestructura y equipamiento necesarios para el
desarrollo de su actividad investigadora. La persona investigadora que ejerza dicha tutela
solo podrá constar en una única solicitud presentada en esta convocatoria.
3. Gestión y publicación de la convocatoria.
La convocatoria será publicada antes del 4 de julio en la web del Área de Investigación
y Transferencia de la Universidad de Cádiz https://ugi.uca.es/recualificacion/ mediante
resolución del Rector de la Universidad de Cádiz.
4. Solicitudes y plazo de presentación.
La presentación de solicitudes y el plazo de presentación serán indicados en la
convocatoria.
5. Plazo de ejecución.
El plazo máximo de ejecución de las actuaciones será hasta el 31 de diciembre de 2023.
6. Justificación.
Las personas que resulten beneficiarias ajustarán su ejecución y presentación de
documentación a los plazos que se establezcan para la certificación de estos fondos.
7. Recursos.
La convocatoria será resuelta por resolución rectoral, que pondrá fin a la vía
administrativa; los interesados podrán interponer, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar
desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, según disponen los
artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, o, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este
Rectorado, en el plazo de un (1) mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación
de la presente resolución, de conformidad con los artículos 112.1, 123.1 y 124.1 de la
LPACAP.
00195294
Cádiz, 2 de julio de 2021.- El Rector, P.D. de competencias (Resolución UCA/
R53REC/2021, de 19.2), la Vicerrectora de Política Científica y Tecnológica, María Jesús
Mosquera Díaz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja