Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/130-9)
Resolución de 2 de julio de 2021, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre designación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Jueves, 8 de julio de 2021
página 33
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 2 de julio de 2021, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la
que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre
designación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de
Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y en el Capítulo V del Título III
del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de
ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de
los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía (Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía núm. 8, de 19 de enero de 2002), esta Dirección General, en
virtud de las competencias que tiene atribuidas por dicho Decreto, anuncia convocatoria
para la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se detalla en el anexo con
sujeción a las siguientes bases:
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se
detalla en el anexo de la presente resolución.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario
que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se
acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.
Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas al Director General del Instituto Andaluz de la
Juventud, se presentarán dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, presentándolas directamente en el Registro Electrónico General de la
Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
2. En la instancia figurarán los datos personales del solicitante y el puesto que se
solicita, acompañando «currículum vitae», en el que se hará constar el número de registro
de personal, cuerpo de pertenencia, grado personal consolidado, títulos académicos,
puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido
del puesto solicitado.
3. Los méritos alegados deberán de ser justificados con la documentación original
o fotocopias debidamente compulsadas.
Cuarta. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, y los destinos adjudicados serán
irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera
obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195278
Quinta. La toma de posesión se efectuará en los plazos establecidos en los artículos
51 y 65 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, antes citado, tramitándose su inscripción ante
el Registro General de Personal.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Jueves, 8 de julio de 2021
página 33
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 2 de julio de 2021, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la
que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo de libre
designación.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de
Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía y en el Capítulo V del Título III
del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de
ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de
los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía (Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía núm. 8, de 19 de enero de 2002), esta Dirección General, en
virtud de las competencias que tiene atribuidas por dicho Decreto, anuncia convocatoria
para la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se detalla en el anexo con
sujeción a las siguientes bases:
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo de libre designación que se
detalla en el anexo de la presente resolución.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario
que reúna los requisitos señalados para el desempeño del mismo en el anexo que se
acompaña y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.
Tercera. 1. Las solicitudes, dirigidas al Director General del Instituto Andaluz de la
Juventud, se presentarán dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, presentándolas directamente en el Registro Electrónico General de la
Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
2. En la instancia figurarán los datos personales del solicitante y el puesto que se
solicita, acompañando «currículum vitae», en el que se hará constar el número de registro
de personal, cuerpo de pertenencia, grado personal consolidado, títulos académicos,
puestos de trabajo desempeñados, y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido
del puesto solicitado.
3. Los méritos alegados deberán de ser justificados con la documentación original
o fotocopias debidamente compulsadas.
Cuarta. Una vez transcurrido el período de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para el peticionario, y los destinos adjudicados serán
irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera
obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, conforme a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195278
Quinta. La toma de posesión se efectuará en los plazos establecidos en los artículos
51 y 65 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, antes citado, tramitándose su inscripción ante
el Registro General de Personal.