Disposiciones generales. . (2021/129-2)
Resolución de 29 de junio de 2021, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria pública de los premios anuales «Educaciudad» que se conceden a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía para el año 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 129 - Miércoles, 7 de julio de 2021
página 70

en formato electrónico, en el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta
de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica:
https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
2. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de
certificación reconocidos por la Administración de la Junta de Andalucía. La relación
de prestadores de servicios de certificación cuyos certificados electrónicos reconoce la
Administración de la Junta de Andalucía se puede consultar en la dirección electrónica:
https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/adminelec/e-coop/prestadoresservicios
Igualmente se podrá utilizar cualquiera de los sistemas de identificación y firma
admitidos por las Administraciones Públicas en los términos de los artículos 9 y 10
respectivamente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
3. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de septiembre de 2021.
4. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo
establecido en el párrafo anterior, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá
ser notificada a los interesados en los términos previstos en los artículos 40 y 41 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. Órgano al que se dirigirán las solicitudes: Persona titular de la Delegación Territorial
de Educación y Deporte.
Quinto. Cuantía de los premios.
Conforme con el artículo 5 de las bases reguladoras de la Orden 20 de junio de 2011,
la cuantía total destinada, limitada por la disponibilidad presupuestaria existente, será de
un máximo de noventa mil euros, repartidos en:
- Ochenta mil euros, destinados a los diez premios de ocho mil euros cada uno.
- Diez mil euros, destinados a la financiación del acto de entrega de los mismos y
cuya tramitación se realizará con contratos menores.

Séptimo. Requisitos.
De acuerdo con el apartado 4.a).2.º del cuadro resumen, los municipios interesados
en presentar su candidatura a la distinción Educaciudad deberán haber desarrollado
actuaciones destacadas en materia de educación, en los cuatro años anteriores a la
solicitud de reconocimiento, en algunos de los siguientes ámbitos:
a) Prevención del absentismo escolar, fundamentalmente en la escolaridad obligatoria,
utilizando todos los recursos locales disponibles para evitarlo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Sexto. Financiación de los premios.
La financiación de estos premios se realizará con cargo a la partida presupuestaria
1200010900/G/54C/46304/00/01 del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación
y Deporte.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 25.1 de la Orden de 20 de junio de 2011,
se procederá a efectuar el abono, en un primer pago en firme con justificación diferida,
tras la publicación de la resolución definitiva y un segundo pago-liquidación una vez
efectuada la justificación de la cantidad total presupuestada, y se realizarán mediante
transferencias bancarias a la cuenta corriente que haya señalado el municipio beneficiario
y cuya titularidad debe obrar a nombre de la corporación municipal solicitante. No
obstante, dichos pagos se harán por un importe no superior al 50% del total concedido,
en cumplimiento del artículo 124.4 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, que
aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, modificado en la Ley 3/2019, de 22 de julio, de Presupuesto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.