Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/128-12)
Resolución de 28 de junio de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral fijo de Administración y Servicios de la categoría Técnico Auxiliar de Laboratorio de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, por el procedimiento de consolidación de efectivos.
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Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 245
B) FASE DE CONCURSO
1. Experiencia profesional.
a) Por servicios prestados en la Universidad de Cádiz como personal laboral en la
categoría de Técnico/a Auxiliar de Laboratorio en el Servicio de Investigación Biomédica
o equivalente: 1,112/365 puntos por día de servicios prestados.
b) Por servicios prestados en cualquier otra Administración Pública como personal
laboral en la categoría de Técnico/a Auxiliar de Laboratorio en el Servicio de Investigación
Biomédica o equivalente: 0,445/365 puntos por día de servicios prestados.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia
acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
El período máximo que se podrá valorar será de 9 años inmediatamente anteriores a
la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos.
2. Antigüedad.
a) Por haber prestado servicios en la Universidad de Cádiz: 0,223/365 puntos por día
de servicios prestados.
b) Por haber prestado servicios en cualquier otra Administración Pública: 0,089/365
puntos por día de servicios.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia
acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
El período máximo que se podrá valorar será de 9 años inmediatamente anteriores a
la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos.
3. Formación.
a) Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados en los últimos diez años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de asistencia: 0,1 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,15 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,2 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en
los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,3 puntos por curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de
duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas,
puntuándose como se señala en el punto c.
h) La posesión de titulación universitaria oficial específica relacionada con la plaza,
de igual o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el
correspondiente grupo profesional, se valorará a razón de 1,076 puntos.
La puntuación máxima de este apartado será de 1,33 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de 13,33,
únicamente se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que
superen esta última.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195142
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 245
B) FASE DE CONCURSO
1. Experiencia profesional.
a) Por servicios prestados en la Universidad de Cádiz como personal laboral en la
categoría de Técnico/a Auxiliar de Laboratorio en el Servicio de Investigación Biomédica
o equivalente: 1,112/365 puntos por día de servicios prestados.
b) Por servicios prestados en cualquier otra Administración Pública como personal
laboral en la categoría de Técnico/a Auxiliar de Laboratorio en el Servicio de Investigación
Biomédica o equivalente: 0,445/365 puntos por día de servicios prestados.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia
acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
El período máximo que se podrá valorar será de 9 años inmediatamente anteriores a
la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 10 puntos.
2. Antigüedad.
a) Por haber prestado servicios en la Universidad de Cádiz: 0,223/365 puntos por día
de servicios prestados.
b) Por haber prestado servicios en cualquier otra Administración Pública: 0,089/365
puntos por día de servicios.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia
acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
El período máximo que se podrá valorar será de 9 años inmediatamente anteriores a
la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos.
3. Formación.
a) Solo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados en los últimos diez años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de asistencia: 0,1 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de 15 horas de duración, en los
que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,15 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,2 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a 15 horas, en
los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,3 puntos por curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de
duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas,
puntuándose como se señala en el punto c.
h) La posesión de titulación universitaria oficial específica relacionada con la plaza,
de igual o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el
correspondiente grupo profesional, se valorará a razón de 1,076 puntos.
La puntuación máxima de este apartado será de 1,33 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de 13,33,
únicamente se sumarán a los obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que
superen esta última.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195142
BOJA
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