Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/128-12)
Resolución de 28 de junio de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir una plaza de personal laboral fijo de Administración y Servicios de la categoría Técnico Auxiliar de Laboratorio de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre, por el procedimiento de consolidación de efectivos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 240
3.4. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%
podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios de la fase
de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La
Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que estime
necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente
sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las
funciones del puesto concreto a ocupar.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el
Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la página Web del área de Personal de la
Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
5. Tribunal calificador.
5.1. El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo V de esta
convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195142
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá
la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso,
la/s causa/s de exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado,
no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA o en las formas establecidas en el apartado 3.1 de la presente
convocatoria. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba
señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
4.3. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
4.4. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan
sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 240
3.4. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%
podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo de solicitud, las
posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios de la fase
de oposición, debiendo presentar fotocopia del Dictamen Técnico Facultativo actualizado
emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el grado de discapacidad. La
Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada la información que estime
necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como el dictamen del órgano competente
sobre la procedencia de la adaptación y de la compatibilidad con el desempeño de las
funciones del puesto concreto a ocupar.
3.5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía. Igualmente se publicará, a los meros efectos de publicidad, en el
Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz y en la página Web del área de Personal de la
Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/
3.6. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier
momento, de oficio o a petición del interesado.
5. Tribunal calificador.
5.1. El tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo V de esta
convocatoria.
5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al
Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el
artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195142
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la lista
provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que deberá publicarse en la
página web del área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas/), se incluirá
la lista completa de aspirantes admitidos y excluidos indicándose, en este último caso,
la/s causa/s de exclusión.
4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Quienes, dentro del plazo señalado,
no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente
excluidos de la participación en el proceso selectivo. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA o en las formas establecidas en el apartado 3.1 de la presente
convocatoria. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo modo arriba
señalado, la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
4.3. Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a algún aspirante, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la
Universidad de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano competente y conforme a lo
establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
4.4. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los aspirantes que hayan
sido excluidos definitivamente de la realización del proceso selectivo.