Disposiciones generales. . (2021/128-3)
Orden de 29 de junio de 2021, por la que se modifican determinadas Órdenes por las que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 128 - Martes, 6 de julio de 2021
página 37

Diez. En la página 93, se modifica el punto 20 del cuadro resumen, que queda
redactado de la siguiente manera:
«20. Obligatoriedad de notificación electrónica :
⊠ Si, en relación con las personas obligadas a relacionarse con la Administración por
medios electrónicos o aquellas que voluntariamente opten por ello.
□ No.»
Once. En la página 100, se modifica el punto 26.c) del cuadro resumen, que queda
redactado de la siguiente manera:
«26.c) Documentos justificativos del gasto:
⊠ Copias auténticas.
⊠ Copias autenticadas.
⊠ Copias digitalizadas.»
Doce. En la página 100, se modifica el punto 26.d) del cuadro resumen, que queda
redactado de la siguiente manera:
«26.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el
procedimiento de justificación:
□ No.
⊠ Si. Medios: Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.»
Trece. En la página 100, se modifica el punto 26.e) del cuadro resumen, que queda
redactado de la siguiente manera:
«26.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
La presentación de toda la documentación necesaria para justificar la subvención por
parte de las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración o
aquellas que voluntariamente opten por ello.»
Catorce. En la página 109, se modifica el punto 20 del cuadro resumen, que queda
redactado de la siguiente manera:
«20. Obligatoriedad de notificación electrónica :
⊠ Si, en relación con las personas obligadas a relacionarse con la Administración por
medios electrónicos o aquellas que voluntariamente opten por ello.
□ No.»
Quince. En la página 112, se modifica el punto 26.c) del cuadro resumen, que queda
redactado de la siguiente manera:
«26.c) Documentos justificativos del gasto:
⊠ Copias auténticas.
⊠ Copias autenticadas.
⊠ Copias digitalizadas.»

Diecisiete. En la página 112, se modifica el punto 26.e) del cuadro resumen, que
queda redactado de la siguiente manera:
«26.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
La presentación de toda la documentación necesaria para justificar la subvención por
parte de las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración o
aquellas que voluntariamente opten por ello.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00195072

Dieciséis. En la página 112, se modifica el punto 26.d) del cuadro resumen, que queda
redactado de la siguiente manera:
«26.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el
procedimiento de justificación:
□ No.
⊠ Si. Medios: Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía.»