3. Otras disposiciones. . (2021/126-14)
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Habis.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 123
3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de
Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Habis.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Habis, sobre la base de los
siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 3.5.2021 tuvo entrada en la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación
estatutaria adoptada por su Patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al artículo 1, como consecuencia del
cambio de denominación de la Fundación, que pasa a denominarse Fundación CSIF
Andalucía.
Tercero. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación:
- Escritura pública otorgada el 1.2.2019 ante el Notario don José María SánchezRos Gómez, registrada con el número 188 de su protocolo, a la que se incorpora
certificación del acuerdo adoptado por el Patronato en la reunión de fecha 17.12.2018,
sobre modificación del artículo 1 de los estatutos como consecuencia del cambio de
denominación de la Fundación.
- Escritura pública otorgada el 18.12.2020, ante el Notario don Mateo Jesús Carrasco
Molina, registrada con el número 1.892 de su protocolo, por la que se subsana la escritura
anterior, incorporando el texto integrado de los estatutos resultantes de la modificación
acordada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por
Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos
en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del Reglamento de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 30 del Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195012
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.
BOJA
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 123
3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de
Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Habis.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de
Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Habis, sobre la base de los
siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El 3.5.2021 tuvo entrada en la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local escrito de la Fundación, para la inscripción de la modificación
estatutaria adoptada por su Patronato.
Segundo. La modificación estatutaria afecta al artículo 1, como consecuencia del
cambio de denominación de la Fundación, que pasa a denominarse Fundación CSIF
Andalucía.
Tercero. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación:
- Escritura pública otorgada el 1.2.2019 ante el Notario don José María SánchezRos Gómez, registrada con el número 188 de su protocolo, a la que se incorpora
certificación del acuerdo adoptado por el Patronato en la reunión de fecha 17.12.2018,
sobre modificación del artículo 1 de los estatutos como consecuencia del cambio de
denominación de la Fundación.
- Escritura pública otorgada el 18.12.2020, ante el Notario don Mateo Jesús Carrasco
Molina, registrada con el número 1.892 de su protocolo, por la que se subsana la escritura
anterior, incorporando el texto integrado de los estatutos resultantes de la modificación
acordada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, lo
dispuesto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, el Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como en el Reglamento de
organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por
Decreto 279/2003, de 7 de octubre.
Tercero. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado
cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos
en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, en el artículo 37 del Reglamento de
Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el artículo 30 del Reglamento
de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00195012
Segundo. La modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue
comunicada al Protectorado de Fundaciones de Andalucía, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo.