Disposiciones generales. . (2021/126-2)
Resolución de 25 de junio de 2021, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se convocan para el año 2021 subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a microempresas, pequeñas y medianas empresas para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, con sujeción a las bases reguladoras establecidas por la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 12 de mayo de 2021.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 16
podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y
Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24614/como-solicitar.html
sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado a) del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No
serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera de lo Registros Electrónicos a
los que hace referencia el citado artículo 16.4.a) (solicitudes en papel).
4. Cada persona o entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud acogida a una
sola de las líneas, conforme a lo estipulado en el apartado 2.c) de los respectivos cuadros
resumen. En caso de presentar más de una solicitud durante el plazo de presentación de
solicitudes establecido, la última solicitud que tenga entrada en el Registro Electrónico de
la Administración de la Junta de Andalucía dentro del plazo de presentación de solicitudes
anulará a las anteriores, a los efectos de tramitación de la convocatoria.
Quinto. Aprobación de los formularios.
Se aprueban los formularios que constan como anexos a la presente Resolución.
a) Anexo I, formulario de solicitud.
b) Anexo II, formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de
los documentos estipulados en el apartado 15 de los cuadro resumen.
c) Anexo III, formulario de presentación de la justificación de la subvención
concedida.
d) Anexo IV, formulario de otros trámites, respuesta requerimiento y/o presentación de
documentación.
Los formularios anteriores estarán disponibles para su presentación, en los
correspondientes trámites, a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo Formación
y Trabajo Autónomo, a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica
del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24614/como-solicitar.html
Séptimo. Notificaciones.
1. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todos los interesados y, en
particular, los requerimientos de subsanación, de trámite de audiencia y de resolución del
procedimiento, serán publicados íntegramente en el tablón de anuncios de la página web
de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
anuncios.html
con indicación de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse
y plazo para interponerlos; sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y
surtiendo los mismos efectos, según lo previsto en el artículo 30 del Reglamento de
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y en relación con lo recogido
en el apartado 19 de los cuadros resumen.
2. Conforme a lo estipulado en el apartado 20 de los cuadros resumen, las
notificaciones que deban cursarse personalmente a los interesados, según lo previsto en
el artículo 17, del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se practicarán de forma obligatoria
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194957
Sexto. Tramitación y resolución de la convocatoria.
El procedimiento de tramitación y los órganos competentes para la instrucción y
resolución de la convocatoria serán los que al efecto se determinan en la disposición
adicional primera y en el apartado 13 de los respectivos cuadro resumen de las bases
reguladoras.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 16
podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica del Catálogo de Procedimientos y
Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24614/como-solicitar.html
sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado a) del artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No
serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera de lo Registros Electrónicos a
los que hace referencia el citado artículo 16.4.a) (solicitudes en papel).
4. Cada persona o entidad solicitante solo podrá presentar una solicitud acogida a una
sola de las líneas, conforme a lo estipulado en el apartado 2.c) de los respectivos cuadros
resumen. En caso de presentar más de una solicitud durante el plazo de presentación de
solicitudes establecido, la última solicitud que tenga entrada en el Registro Electrónico de
la Administración de la Junta de Andalucía dentro del plazo de presentación de solicitudes
anulará a las anteriores, a los efectos de tramitación de la convocatoria.
Quinto. Aprobación de los formularios.
Se aprueban los formularios que constan como anexos a la presente Resolución.
a) Anexo I, formulario de solicitud.
b) Anexo II, formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de
los documentos estipulados en el apartado 15 de los cuadro resumen.
c) Anexo III, formulario de presentación de la justificación de la subvención
concedida.
d) Anexo IV, formulario de otros trámites, respuesta requerimiento y/o presentación de
documentación.
Los formularios anteriores estarán disponibles para su presentación, en los
correspondientes trámites, a través la oficina virtual de la Consejería de Empleo Formación
y Trabajo Autónomo, a la que se podrá acceder desde la siguiente dirección electrónica
del Catálogo de Procedimientos y Servicios:
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
procedimientos/detalle/24614/como-solicitar.html
Séptimo. Notificaciones.
1. Los actos que deban notificarse de forma conjunta a todos los interesados y, en
particular, los requerimientos de subsanación, de trámite de audiencia y de resolución del
procedimiento, serán publicados íntegramente en el tablón de anuncios de la página web
de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo,
https://juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/servicios/
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con indicación de los recursos que procedan, órgano ante el que hubieran de presentarse
y plazo para interponerlos; sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y
surtiendo los mismos efectos, según lo previsto en el artículo 30 del Reglamento de
los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, y en relación con lo recogido
en el apartado 19 de los cuadros resumen.
2. Conforme a lo estipulado en el apartado 20 de los cuadros resumen, las
notificaciones que deban cursarse personalmente a los interesados, según lo previsto en
el artículo 17, del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se practicarán de forma obligatoria
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194957
Sexto. Tramitación y resolución de la convocatoria.
El procedimiento de tramitación y los órganos competentes para la instrucción y
resolución de la convocatoria serán los que al efecto se determinan en la disposición
adicional primera y en el apartado 13 de los respectivos cuadro resumen de las bases
reguladoras.