Disposiciones generales. . (2021/126-1)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación del Decreto-ley 11/2021, de 1 de junio, por el que se establecen medidas extraordinarias para paliar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas del sector de feriantes, para el apoyo económico del servicio de Atención Infantil Temprana, así como para la flexibilización de horarios comerciales de los municipios turísticos de Andalucía, y se adoptan medidas excepcionales relativas a las convocatorias y reuniones de los órganos sociales de las sociedades cooperativas andaluzas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 11
1. Disposiciones generales
Parlamento de Andalucía
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Presidencia del Parlamento de
Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación
del Decreto-ley 11/2021, de 1 de junio, por el que se establecen medidas
extraordinarias para paliar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras
por cuenta propia o autónomas del sector de feriantes, para el apoyo económico
del servicio de Atención Infantil Temprana, así como para la flexibilización de
horarios comerciales de los municipios turísticos de Andalucía, y se adoptan
medidas excepcionales relativas a las convocatorias y reuniones de los órganos
sociales de las sociedades cooperativas andaluzas.
PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
El Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2021, de
conformidad con lo previsto en el artículo 110.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
y el punto quinto de la Resolución de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, de 5
de junio de 2008, sobre control por el Parlamento de los decretos leyes dictados por
el Consejo de Gobierno ha acordado convalidar el Decreto-ley 11/2021, de 1 de junio,
por el que se establecen medidas extraordinarias para paliar la pérdida de rentas de
las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas del sector de feriantes,
para el apoyo económico del servicio de Atención Infantil Temprana, así como para la
flexibilización de horarios comerciales de los municipios turísticos de Andalucía, y se
adoptan medidas excepcionales relativas a las convocatorias y reuniones de los órganos
sociales de las sociedades cooperativas andaluzas, publicado en el BOJA extraordinario
núm. 51, de 4 de junio de 2021.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
00194947
Sevilla, 23 de junio de 2021.- El Letrado Mayor del Parlamento de Anadlucía, Ángel
Marrero García-Rojo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Viernes, 2 de julio de 2021
página 11
1. Disposiciones generales
Parlamento de Andalucía
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Presidencia del Parlamento de
Andalucía, por la que se ordena la publicación del acuerdo de convalidación
del Decreto-ley 11/2021, de 1 de junio, por el que se establecen medidas
extraordinarias para paliar la pérdida de rentas de las personas trabajadoras
por cuenta propia o autónomas del sector de feriantes, para el apoyo económico
del servicio de Atención Infantil Temprana, así como para la flexibilización de
horarios comerciales de los municipios turísticos de Andalucía, y se adoptan
medidas excepcionales relativas a las convocatorias y reuniones de los órganos
sociales de las sociedades cooperativas andaluzas.
PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCÍA
El Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada el día 23 de junio de 2021, de
conformidad con lo previsto en el artículo 110.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía,
y el punto quinto de la Resolución de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, de 5
de junio de 2008, sobre control por el Parlamento de los decretos leyes dictados por
el Consejo de Gobierno ha acordado convalidar el Decreto-ley 11/2021, de 1 de junio,
por el que se establecen medidas extraordinarias para paliar la pérdida de rentas de
las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas del sector de feriantes,
para el apoyo económico del servicio de Atención Infantil Temprana, así como para la
flexibilización de horarios comerciales de los municipios turísticos de Andalucía, y se
adoptan medidas excepcionales relativas a las convocatorias y reuniones de los órganos
sociales de las sociedades cooperativas andaluzas, publicado en el BOJA extraordinario
núm. 51, de 4 de junio de 2021.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
00194947
Sevilla, 23 de junio de 2021.- El Letrado Mayor del Parlamento de Anadlucía, Ángel
Marrero García-Rojo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja