3. Otras disposiciones. . (2021/123-12)
Resolución de 24 de junio de 2021, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que aprueba el modelo de convenio de colaboración social en la gestión de los incentivos para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias acogidos al Real Decreto 149/2021, de 9 de marzo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Martes, 29 de junio de 2021
página 197

Dentro de las referidas actuaciones están incluidas las siguientes:


La recepción por parte del colaborador social de todas las notificaciones electrónicas que se
deriven del procedimiento telemático de tramitación de la solicitud de incentivo, incluida la
notificación de la resolución finalizadora del procedimiento.
NOTA: Los plazos conferidos por la Agencia Andaluza de la Energía se computan desde la notificación al
colaborador social, que está obligado a trasladarle con la máxima celeridad las notificaciones y comunicaciones
que se le practiquen y recabar la documentación necesaria para cumplimentar todos los trámites.



La subsanación, mejora y, en su caso, el desistimiento de la solicitud de incentivo.



La justificación del incentivo concedido aportando toda la documentación necesaria.



La renuncia, en su caso, al incentivo concedido.



La presentación de la solicitud de modificación de la resolución de concesión, incluida la
ampliación de los plazos de ejecución y justificación.



La presentación de los recursos administrativos que procedan.



La comunicación a la Agencia Andaluza de la Energía de la cuenta bancaria para el abono del
incentivo, aportando para ello documento acreditativo de su titularidad.

Todo lo anterior sin perjuicio de que la persona o entidad interesada siempre pueda comparecer por
sí misma en el procedimiento.
La presente autorización podrá firmarse tanto con firma electrónica como con firma manuscrita. En
el caso de que se firmase de forma manuscrita, la persona o entidad beneficiaria deberá adjuntar a
la autorización la siguiente documentación:



Si es una persona física que actúa en nombre propio, copia del DNI/NIE
Si es una persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica, copia del DNI/NIE de la persona
representante y poderes de representación.

00194722

En cualquiera de los casos, junto a la autorización, deberá adjuntarse el documento que acredite la
titularidad de la cuenta bancaria de la persona o entidad beneficiaria del incentivo. Para el abono del
incentivo en la referida cuenta bancaria, esta deberá estar previamente dada de alta en el Registro de
Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía (GIRO).

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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