Disposiciones generales. . (2021/123-1)
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones previstas en la Orden de 23 de junio de 2020, modificada por la Orden de 26 de mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Martes, 29 de junio de 2021
página 

1. Disposiciones generales
Consejería de la Presidencia, Administración Pública
e Interior
Resolución de 23 de junio de 2021, de la Dirección General de Emergencias
y Protección Civil, por la que se convocan para el año 2021 las subvenciones
previstas en la Orden de 23 de junio de 2020, modificada por la Orden de 26 de
mayo de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al
mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.
Mediante Orden de 23 de junio de 2020, modificada por la Orden de 26 de mayo de 2021,
se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y
entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de
concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales del
Voluntariado de Protección Civil.
En la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el año 2021, se han previsto los créditos necesarios para efectuar la
presente convocatoria.
La disposición adicional única de la citada orden establece que se delega en la persona
titular de la Dirección General competente en materia de emergencias y protección civil
para efectuar, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, la convocatoria de las subvenciones reguladas en la citada orden, en la que se
determinará el plazo de presentación de solicitudes, así como la cuantía total máxima de
las subvenciones.
De conformidad con el artículo 10.b) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que
se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la
Administración de la Junta de Andalucía, en el caso de convocatoria de subvenciones en
concurrencia competitiva, se especifica la cuantía total máxima destinada a cada línea de
subvenciones en dicha convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 40
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía y
su normativa de desarrollo.
Asimismo, la presente convocatoria se ajusta a lo establecido en la Orden de 6 de
abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto
público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de
Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial.
El Programa presupuestario 22B «Interior, Emergencias y Protección Civil», cuya
ejecución corresponde a la Dirección General de Emergencias y Protección Civil, prevé,
mediante la ejecución de los créditos disponibles en el ejercicio 2021 y anualidades futuras
que se comprometa una partida presupuestaria destinada a la dotación de mantenimiento
de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil.

R ES U ELVO
Primero. Bases reguladoras y régimen jurídico.
1. Las solicitudes tramitadas al amparo de esta convocatoria se regirán en todos sus
aspectos por lo establecido en la Orden de 23 de junio de 2020, modificada por la Orden
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194706

Por todo ello, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones
para 2021, en ejercicio de las competencias atribuidas en los artículos 101 y 102 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,