Disposiciones generales. . (2021/122-4)
Resolución de 18 de junio de 2021, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de «Ayudas predoctorales para la Formación de Personal Investigador» con cargo al Plan Operativo de Apoyo a la Investigación de la Universidad de Jaén (2021-2022). Convocatoria 2021.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Lunes, 28 de junio de 2021
página 173
profesorado universitario, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y
Técnica y de Innovación 2017-2020. BOE número 254, de 22 de octubre de 2019).
b) M
emoria de la Investigación que se pretende realizar durante el disfrute de la
Ayuda (Anexo IV).
11. Comunicaciones entre la Universidad y los interesados.
11.1. En virtud de lo previsto en el artículo 43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la notificación a los interesados de los trámites de subsanación, listas de admitidos y
excluidos propuesta de resolución provisional, propuesta de resolución definitiva y
resolución definitiva de concesión de las ayudas se realizarán mediante publicación en la
página web del Vicerrectorado de Investigación: https://bit.ly/3it0Hlv.
11.2. La Universidad de Jaén podrá requerir al interesado/a para que, en el plazo de
diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de
que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en la solicitud, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. La resolución que se dicte a este respecto se
notificará al interesado mediante el sistema previsto en el párrafo anterior.
11.3. Con independencia de lo anterior, el Servicio de Gestión de la Investigación de la
Universidad de Jaén, como instructor del procedimiento, podrá remitir a los interesados/as
un aviso de cortesía de la publicación realizada a la dirección de correo electrónico que
figure en la solicitud de ayuda.
13. Resolución.
13.1. Se efectuará por el Vicerrectorado de Investigación, previo informe a la Comisión
de Investigación.
13.2. La resolución incluirá un anexo en el que se reflejarán los/as candidatos/as
por orden de puntuación obtenida. Las personas candidatas con mayor puntuación, de
conformidad con los criterios de reparto del Anexo II de la presente convocatoria, serán
los/as beneficiarios/as de las Ayudas correspondientes a esta convocatoria, y el resto
conformará una bolsa de candidatos/as reserva para cubrir las posibles vacantes, de
acuerdo con lo estipulado en el apartado correspondiente de esta resolución.
13.3. Contra la resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, según
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194664
12. Evaluación de las solicitudes.
12.1. La Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén evaluará las solicitudes
considerando la valoración obtenida por los candidatos/as en Anexo II de la Orden de
7 de octubre de 2020, por la que se conceden ayudas para contratos predoctorales
para la Formación del Profesorado Universitario, de los subprogramas de Formación y
Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en
I+D+i, correspondiente a la segunda fase de la convocatoria publicada por Resolución
de 16 de octubre de 2019. Excepcionalmente, y en caso de que no hubiera candidatos
suficientes disponibles para cubrir todas las plazas ofertadas desde la segunda fase de
la convocatoria 2019 de contratos predoctorales FPU, la Comisión de Investigación podrá
incluir candidatos/as a partir de la resolución de la primera fase del procedimiento FPU
(Resolución de 26 de febrero de 2020).
12.2. En caso de empate entre los candidatos/as, éste se resolverá con la adjudicación
a las personas candidatas que acrediten una mayor puntuación en la primera fase del
procedimiento FPU. De permanecer el empate, se atenderá a la evaluación del apartado 1
del informe de evaluación final (impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria
académica y profesional del proyecto). Finalmente, en caso de continuar el empate,
la Comisión de Investigación podrá decidir sobre la utilización de otros criterios o la
celebración de un sorteo público.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Lunes, 28 de junio de 2021
página 173
profesorado universitario, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y
Técnica y de Innovación 2017-2020. BOE número 254, de 22 de octubre de 2019).
b) M
emoria de la Investigación que se pretende realizar durante el disfrute de la
Ayuda (Anexo IV).
11. Comunicaciones entre la Universidad y los interesados.
11.1. En virtud de lo previsto en el artículo 43.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
la notificación a los interesados de los trámites de subsanación, listas de admitidos y
excluidos propuesta de resolución provisional, propuesta de resolución definitiva y
resolución definitiva de concesión de las ayudas se realizarán mediante publicación en la
página web del Vicerrectorado de Investigación: https://bit.ly/3it0Hlv.
11.2. La Universidad de Jaén podrá requerir al interesado/a para que, en el plazo de
diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con advertencia de
que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido en la solicitud, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas. La resolución que se dicte a este respecto se
notificará al interesado mediante el sistema previsto en el párrafo anterior.
11.3. Con independencia de lo anterior, el Servicio de Gestión de la Investigación de la
Universidad de Jaén, como instructor del procedimiento, podrá remitir a los interesados/as
un aviso de cortesía de la publicación realizada a la dirección de correo electrónico que
figure en la solicitud de ayuda.
13. Resolución.
13.1. Se efectuará por el Vicerrectorado de Investigación, previo informe a la Comisión
de Investigación.
13.2. La resolución incluirá un anexo en el que se reflejarán los/as candidatos/as
por orden de puntuación obtenida. Las personas candidatas con mayor puntuación, de
conformidad con los criterios de reparto del Anexo II de la presente convocatoria, serán
los/as beneficiarios/as de las Ayudas correspondientes a esta convocatoria, y el resto
conformará una bolsa de candidatos/as reserva para cubrir las posibles vacantes, de
acuerdo con lo estipulado en el apartado correspondiente de esta resolución.
13.3. Contra la resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, según
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194664
12. Evaluación de las solicitudes.
12.1. La Comisión de Investigación de la Universidad de Jaén evaluará las solicitudes
considerando la valoración obtenida por los candidatos/as en Anexo II de la Orden de
7 de octubre de 2020, por la que se conceden ayudas para contratos predoctorales
para la Formación del Profesorado Universitario, de los subprogramas de Formación y
Movilidad dentro del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en
I+D+i, correspondiente a la segunda fase de la convocatoria publicada por Resolución
de 16 de octubre de 2019. Excepcionalmente, y en caso de que no hubiera candidatos
suficientes disponibles para cubrir todas las plazas ofertadas desde la segunda fase de
la convocatoria 2019 de contratos predoctorales FPU, la Comisión de Investigación podrá
incluir candidatos/as a partir de la resolución de la primera fase del procedimiento FPU
(Resolución de 26 de febrero de 2020).
12.2. En caso de empate entre los candidatos/as, éste se resolverá con la adjudicación
a las personas candidatas que acrediten una mayor puntuación en la primera fase del
procedimiento FPU. De permanecer el empate, se atenderá a la evaluación del apartado 1
del informe de evaluación final (impacto en la formación, empleabilidad o trayectoria
académica y profesional del proyecto). Finalmente, en caso de continuar el empate,
la Comisión de Investigación podrá decidir sobre la utilización de otros criterios o la
celebración de un sorteo público.