Disposiciones generales. . (2021/119-1)
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Administración Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para la convocatoria de subvenciones aprobada por Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Administración Local, destinada a municipios y entidades locales autónomas de Andalucía para afrontar necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Miércoles, 23 de junio de 2021
página 10
1. Disposiciones generales
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Mediante Orden de 18 de mayo de 2017, se aprobaron las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en régimen de concurrencia no competitiva para afrontar
necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del
Plan de Cooperación Municipal.
A través de estas ayudas se financian las actuaciones necesarias para la restitución
de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de las entidades locales
dañadas por eventos generadores de situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas
en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de restablecer en
las zonas siniestradas el normal funcionamiento de los servicios públicos locales, en
beneficio de la comunidad vecinal.
Mediante Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Administración
Local, se convocaron para el ejercicio 2021 las subvenciones previstas en la citada Orden
de 18 de mayo de 2017.
El apartado dispositivo duodécimo «Financiación» de la indicada resolución establece
que estas subvenciones se concederán con cargo a las partidas presupuestarias
0900010000G81A7650100 (código de proyecto de inversión 19980000523) y
0900010000G81A4640000 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para 2021, incluida en el Plan de Cooperación Municipal. En concreto el crédito
adecuado y suficiente disponible para esta finalidad es de 2.500.000,00 euros con cargo
a la primera partida anteriormente mencionada y 60.000,00 € con cargo a la segunda.
Seguidamente establece que este crédito constituye la cuantía total máxima destinada
a estas subvenciones, pero si aumentara el mismo por ampliaciones sobrevenidas, se
podrá dictar una resolución complementaria por el órgano competente para la concesión
de estas subvenciones, que incluirá aquellas solicitudes que aún cumpliendo con todos
los requisitos no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito.
En el tiempo que lleva publicada la convocatoria de estas ayudas se han recibido más
de 170 solicitudes correspondientes a más de 100 entidades locales de toda la Comunidad
Autónoma, siendo el crédito inicial de la convocatoria claramente insuficiente para dar
cobertura a las necesidades reales que están reclamando las entidades solicitantes. Es
por este motivo por el que se ha decidido aplicar lo que dispone el apartado duodécimo
de la citada resolución en el sentido de que se expone a continuación.
Habiéndose producido un aumento sobrevenido en el crédito disponible en el vinculante
de la partida presupuestaria con la que se financian las subvenciones convocadas por la
Resolución de 13 de abril de 2021, procede declarar un nuevo crédito disponible con objeto
de atender un mayor número de solicitudes de las distintas entidades locales afectadas
por los distintos fenómenos acaecidos en nuestro territorio en el periodo indicado en
la convocatoria, todo ello entre las entidades que reúnan los requisitos exigidos en la
normativa aplicable.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194357
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Administración
Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para la convocatoria de
subvenciones aprobada por Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección
General de Administración Local, destinada a municipios y entidades locales
autónomas de Andalucía para afrontar necesidades surgidas de situaciones de
emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Miércoles, 23 de junio de 2021
página 10
1. Disposiciones generales
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Mediante Orden de 18 de mayo de 2017, se aprobaron las bases reguladoras para la
concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad
Autónoma de Andalucía en régimen de concurrencia no competitiva para afrontar
necesidades surgidas de situaciones de emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del
Plan de Cooperación Municipal.
A través de estas ayudas se financian las actuaciones necesarias para la restitución
de infraestructuras e instalaciones de titularidad y competencia de las entidades locales
dañadas por eventos generadores de situaciones de emergencia o catástrofe acaecidas
en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de restablecer en
las zonas siniestradas el normal funcionamiento de los servicios públicos locales, en
beneficio de la comunidad vecinal.
Mediante Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Administración
Local, se convocaron para el ejercicio 2021 las subvenciones previstas en la citada Orden
de 18 de mayo de 2017.
El apartado dispositivo duodécimo «Financiación» de la indicada resolución establece
que estas subvenciones se concederán con cargo a las partidas presupuestarias
0900010000G81A7650100 (código de proyecto de inversión 19980000523) y
0900010000G81A4640000 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía
para 2021, incluida en el Plan de Cooperación Municipal. En concreto el crédito
adecuado y suficiente disponible para esta finalidad es de 2.500.000,00 euros con cargo
a la primera partida anteriormente mencionada y 60.000,00 € con cargo a la segunda.
Seguidamente establece que este crédito constituye la cuantía total máxima destinada
a estas subvenciones, pero si aumentara el mismo por ampliaciones sobrevenidas, se
podrá dictar una resolución complementaria por el órgano competente para la concesión
de estas subvenciones, que incluirá aquellas solicitudes que aún cumpliendo con todos
los requisitos no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito.
En el tiempo que lleva publicada la convocatoria de estas ayudas se han recibido más
de 170 solicitudes correspondientes a más de 100 entidades locales de toda la Comunidad
Autónoma, siendo el crédito inicial de la convocatoria claramente insuficiente para dar
cobertura a las necesidades reales que están reclamando las entidades solicitantes. Es
por este motivo por el que se ha decidido aplicar lo que dispone el apartado duodécimo
de la citada resolución en el sentido de que se expone a continuación.
Habiéndose producido un aumento sobrevenido en el crédito disponible en el vinculante
de la partida presupuestaria con la que se financian las subvenciones convocadas por la
Resolución de 13 de abril de 2021, procede declarar un nuevo crédito disponible con objeto
de atender un mayor número de solicitudes de las distintas entidades locales afectadas
por los distintos fenómenos acaecidos en nuestro territorio en el periodo indicado en
la convocatoria, todo ello entre las entidades que reúnan los requisitos exigidos en la
normativa aplicable.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194357
Resolución de 17 de junio de 2021, de la Dirección General de Administración
Local, por la que se declara un nuevo crédito disponible para la convocatoria de
subvenciones aprobada por Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección
General de Administración Local, destinada a municipios y entidades locales
autónomas de Andalucía para afrontar necesidades surgidas de situaciones de
emergencia o catástrofe, dentro del ámbito del Plan de Cooperación Municipal.