3. Otras disposiciones. . (2021/118-9)
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, relativa a la suplencia temporal de los Gerentes Provinciales durante el periodo vacacional.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Martes, 22 de junio de 2021
página 223
3. Otras disposiciones
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía,
relativa a la suplencia temporal de los Gerentes Provinciales durante el periodo
vacacional.
El artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, establece que «Los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos
temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el
órgano competente para el nombramiento de aquellos».
Visto el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto
4/2012, de 17 de enero, y el Decreto 207/2018, de 20 de noviembre, por el que se modifica
parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta
de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración
Pública, a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y a la Agencia
Tributaria de Andalucía, procede establecer el régimen de suplencia adecuado durante el
periodo vacacional de los Gerentes Provinciales de la Agencia Tributaria de Andalucía.
De acuerdo con lo anteriormente expresado,
DISPONGO
Primero. Designar suplente del Gerente Provincial en Almería:
a) A la Gerente Provincial en Granada durante el periodo comprendido del 19 de julio
al 23 de julio, ambos incluidos.
b) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 26 de julio al
30 de julio, ambos incluidos.
c) A la Jefa del Departamento de Organización y Gestión de Recursos del 2 de agosto
al 6 de agosto, ambos incluidos.
d) Al Gerente Provincial en Córdoba durante el periodo comprendido del 9 de agosto
al 13 de agosto, ambos incluidos.
Tercero. Designar suplente del Gerente Provincial en Córdoba:
a) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 12 de julio al 15
de julio, ambos incluidos.
b) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 19 de julio al
22 de julio, ambos incluidos.
c) Al Gerente Provincial en Cádiz durante el periodo comprendido del 26 de julio al 30
de julio, ambos incluidos.
d) A la Jefa del Departamento de Organización y Gestión de Recursos del 2 de agosto
al 5 de agosto, ambos incluidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194305
Segundo. Designar suplente del Gerente Provincial en Cádiz:
a) Al Gerente Provincial en Sevilla durante el periodo comprendido del 12 de julio al
23 de julio, ambos incluidos.
b) A la Jefa del Departamento de Organización y Gestión de Recursos del 2 de agosto
al 6 de agosto, ambos incluidos.
c) Al Gerente Provincial en Córdoba durante el periodo comprendido del 9 de agosto
al 13 de agosto, ambos incluidos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Martes, 22 de junio de 2021
página 223
3. Otras disposiciones
Consejería de Hacienda y Financiación Europea
Resolución de 14 de junio de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía,
relativa a la suplencia temporal de los Gerentes Provinciales durante el periodo
vacacional.
El artículo 109 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, establece que «Los titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos
temporalmente en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad por quien designe el
órgano competente para el nombramiento de aquellos».
Visto el Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía, aprobado mediante Decreto
4/2012, de 17 de enero, y el Decreto 207/2018, de 20 de noviembre, por el que se modifica
parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta
de Andalucía, correspondiente a la Consejería de Economía, Hacienda y Administración
Pública, a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía y a la Agencia
Tributaria de Andalucía, procede establecer el régimen de suplencia adecuado durante el
periodo vacacional de los Gerentes Provinciales de la Agencia Tributaria de Andalucía.
De acuerdo con lo anteriormente expresado,
DISPONGO
Primero. Designar suplente del Gerente Provincial en Almería:
a) A la Gerente Provincial en Granada durante el periodo comprendido del 19 de julio
al 23 de julio, ambos incluidos.
b) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 26 de julio al
30 de julio, ambos incluidos.
c) A la Jefa del Departamento de Organización y Gestión de Recursos del 2 de agosto
al 6 de agosto, ambos incluidos.
d) Al Gerente Provincial en Córdoba durante el periodo comprendido del 9 de agosto
al 13 de agosto, ambos incluidos.
Tercero. Designar suplente del Gerente Provincial en Córdoba:
a) Al Gerente Provincial en Jaén durante el periodo comprendido del 12 de julio al 15
de julio, ambos incluidos.
b) Al Gerente Provincial en Málaga durante el periodo comprendido del 19 de julio al
22 de julio, ambos incluidos.
c) Al Gerente Provincial en Cádiz durante el periodo comprendido del 26 de julio al 30
de julio, ambos incluidos.
d) A la Jefa del Departamento de Organización y Gestión de Recursos del 2 de agosto
al 5 de agosto, ambos incluidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00194305
Segundo. Designar suplente del Gerente Provincial en Cádiz:
a) Al Gerente Provincial en Sevilla durante el periodo comprendido del 12 de julio al
23 de julio, ambos incluidos.
b) A la Jefa del Departamento de Organización y Gestión de Recursos del 2 de agosto
al 6 de agosto, ambos incluidos.
c) Al Gerente Provincial en Córdoba durante el periodo comprendido del 9 de agosto
al 13 de agosto, ambos incluidos.