3. Otras disposiciones. . (2021/118-10)
Orden de 4 de junio de 2021, por la que se convocan los Premios Extraordinarios en las enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño correspondientes al curso académico 2020/21.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 118 - Martes, 22 de junio de 2021
página 226

Cuarto. Comisión de selección y propuesta de las candidaturas.
1. En cada escuela de arte se constituirá una Comisión para el estudio, valoración y
propuesta de las candidaturas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Orden
de 15 de octubre de 2007.
2. La selección y propuesta de las candidaturas se llevará a cabo por la citada
Comisión, de acuerdo con el procedimiento previsto en el artículo 7 de la Orden de 15 de
octubre de 2007.
Quinto. Jurado.
Para el estudio y valoración de los proyectos propuestos se constituirá un Jurado,
cuya composición será la establecida en el artículo 9 de la mencionada Orden de 15 de
octubre de 2007.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 56.4 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
la composición del citado jurado garantizará la participación equilibrada de hombres y
mujeres.
Sexto. Procedimiento de concesión de Premios.
La resolución de la concesión de los Premios Extraordinarios se llevará a cabo de
acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 15 de octubre de 2007.
Séptimo. Financiación.
La dotación de los Premios Extraordinarios se hará efectiva con cargo a la posición
presupuestaria G/42H/22608/00 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Octavo. Pago de los Premios.
El pago de los Premios se efectuará según lo previsto en el artículo 11 de la Orden de
15 de octubre de 2007.
Noveno. Publicidad de la convocatoria.
1. Las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Educación y Deporte
darán traslado de la presente orden a todos los centros docentes a los que resulta de
aplicación, en el ámbito de sus competencias.
2. Las directoras y los directores de los citados centros arbitrarán las medidas
necesarias para que la presente orden sea conocida por toda la comunidad educativa y
en especial por las asociaciones de alumnas y alumnos.
Décimo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de junio de 2021
FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ

00194313

Consejero de Educación y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja