Disposiciones generales. . (2021/116-3)
Orden de 20 de mayo de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas previstas en la Orden de 28 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la flota de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 116 - Viernes, 18 de junio de 2021
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1. Disposiciones generales
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible

El Reglamento (UE) núm. 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11
de diciembre de 2013, sobre Política Pesquera Común, por el que se modifican los
Reglamentos (CE) núm. 1954/2003 y (CE) núm. 1224/2009 del Consejo, y se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2371/2002 y (CE) núm. 639/2004 del Consejo y la Decisión
2004/585/CE del Consejo, establece el nuevo marco de gestión de la capacidad de la
flota al que deberán adaptarse las ayudas que puedan otorgarse para la paralización
temporal de la actividad pesquera. Los supuestos en los que podrán darse estas ayudas
se reducen de forma significativa y solo podrán otorgarse cuando se apliquen: medidas
de emergencia a iniciativa de la Comisión Europea o de España, en aplicación de los
artículos 12 y 13, respectivamente, del mencionado Reglamento; medidas de conservación
previstas en su artículo 7, incluidos los períodos de paro biológico; medidas dentro de un
plan plurianual adoptado conforme a sus artículos 9 y 10; medidas de gestión para la
explotación sostenible de los recursos pesqueros en el mar Mediterráneo, cuando exista un
plan de gestión adoptado conforme al Reglamento (CE) núm. 1967/2006 del Consejo, de
21 de diciembre de 2006, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible
de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo y por el que se modifica el Reglamento
(CEE) núm. 2847/93 y se deroga el Reglamento (CE) núm. 1626/94; y finalmente, en
el caso de que no se renueve un acuerdo de colaboración de pesca sostenible o no se
renueven sus protocolos.
A su vez, el Reglamento (UE) núm. 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 15 de mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que
se derogan los Reglamentos (CE) núm. 2328/2003, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm.
1198/2006 y (CE) núm. 791/2007 del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011 del
Parlamento Europeo y del Consejo, establece las medidas financieras de la Unión para la
aplicación de la Política Pesquera Común, de las medidas relativas al Derecho del Mar, del
desarrollo sostenible de las zonas pesqueras y acuícolas y de la pesca interior, así como
de la Política Marítima Integrada y, concretamente en el artículo 33.1.c) se establecen las
ayudas a la paralización temporal de la actividad pesquera como actuaciones destinadas
a garantizar la viabilidad del sector cuando las empresas pesqueras deban acometer la
paralización temporal de la actividad pesquera.
De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1173/2015, de 29 de diciembre,
de desarrollo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca en lo relativo a las ayudas a
la paralización definitiva y temporal de la actividad pesquera, estas ayudas serán
gestionadas y financiadas por las Comunidades Autónomas en cuyos puertos radiquen
los buques afectados por la paralización temporal.
Sobre la base de ese marco regulador, se dicta la Orden de 28 de julio de 2020 de
la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la flota de artes menores afectada
por el Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas mecanizadas en el litoral
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00194118

Orden de 20 de mayo de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las
ayudas previstas en la Orden de 28 de julio de 2020, por la que se establecen
las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva, a la paralización temporal de la flota de artes
menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de rastros o dragas
mecanizadas en el litoral mediterráneo de Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca 2014-2020.