3. Otras disposiciones. . (2021/115-10)
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Onuva.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 115 - Jueves, 17 de junio de 2021
página 109

3. Otras disposiciones
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 28 de abril de 2021, de la Dirección General de Justicia Juvenil y
Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía
la Fundación Onuva.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Onuva, sobre la base de los
siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación Onuva fue constituida por escritura pública otorgada el 23.12.2019 ante
don Íñigo Fernández de Córdova Claros, Notario del Ilustre Colegio Notarial de Andalucía,
registrada con el número 2.208 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«Velar y gestionar para que se mantenga y promueva el culto según las normas de
la Iglesia Católica en lo que llamamos Santuario de la Virgen de las Gracias de Onuva,
que integra la Capilla de la Virgen, la Nave Iglesia, la Casa de Oración, la Capilla de la
Resurrección, el camino del vía crucis, la explanada y los diferentes bosques que son el
espacio de oración del Santuario y que está señalado por la cruz a la entrada de éste y
la línea imaginaria que divide el terreno a la altura de dicha cruz a derecha e izquierda
de la misma; velar para que la Casa de Oración sea un espacio sencillo que ofrecer a
quienes busquen el silencio para orar y propiciar el encuentro con Dios; velar para que
el Hogar Virgen de las Gracias sea siempre una casa hogar para los pobres más pobres
de la sociedad, específicamente tendrán preferencia las personas más desfavorecidas,
aquellas que no tengan bienes de ningún tipo y de entre aquellas personas pobres
que cuenten con algún medio o recurso económico, los que menos tengan, personas
en exclusión social, inmigrantes, mujeres en situación de vulnerabilidad, personas que
necesiten cuidados, ya que el objetivo de esta Casa Hogar es cuidar de estas personas,
ayudarles a recuperar su dignidad, y si fuere posible insertarlas de nuevo en la sociedad,
siendo este objetivo inalterable; velar porque la finca Onuva como lugar y espacio sea un
centro de oración, acogida y fraternidad, así como un lugar donde se cuide y se proteja el
medio ambiente y la biodiversidad.»

Cuarto. Dotación.
La dotación inicial está valorada en la cantidad de dos millones ciento ochenta y dos
mil novecientos noventa y nueve euros y treinta y seis céntimos (2.182.999,36 euros) y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194084

Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en Finca Onuva, C/ Manuel
Fernández, s/n, 41130 La Puebla del Río (Sevilla), y el ámbito de actuación, conforme
dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.