Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/115-9)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de Cuerpos Docentes Universitarios (Catedráticos de Universidad).
9 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Jueves, 17 de junio de 2021
página 77

3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso, lo solicitarán al Rector
de la Universidad de Cádiz, mediante solicitud debidamente cumplimentada, según
Anexo III que se acompaña a la presente convocatoria, en el plazo de quince días hábiles,
contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial
de Estado, y podrán presentarse en el Registro General de la Universidad de Cádiz
en el Centro Cultural Reina Sofía (Paseo Carlos III, núm. 9, 11003 Cádiz), así como en
las Oficinas de los Registros Auxiliares de los Campus de Puerto Real (Edificio junto a
F. Ciencias de la Educación), Jerez de la Frontera (Edificio de Servicios Generales), Bahía
de Algeciras (Administración de Campus – E. Politécnica Superior, 1.ª planta) y Cádiz
(Edificio Hospital Real, Plaza Falla, núm. 8, 11003 Cádiz), de conformidad con lo dispuesto
en el Reglamento UCA/CG01/2007, de 20 de diciembre de 2006, o por cualquiera de los
procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes
que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto, para ser
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00194032

2. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitido a estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los
siguientes requisitos:
2.1. Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia
de incompatibilidades.
e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
f) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia.
2.2 Requisitos específicos.
Además de los requisitos generales, se deberán cumplir los siguientes:
a) Estar acreditado para el Cuerpo de Catedráticos de Universidad de acuerdo con el
Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, que regula la acreditación nacional para el acceso
a los cuerpos docentes universitarios, o bien estar habilitado para el Cuerpo de Catedráticos
de Universidad conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio.
b) Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de
la Escala de Investigadores Científicos de los organismos públicos de investigación, que
hayan prestado, como mínimo, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición.
Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el momento
de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.