Disposiciones generales. . (2021/115-2)
Orden de 26 de mayo de 2021, por la que se convocan para el año 2021 las ayudas a la Transformación de los productos de la pesca y la acuicultura, previstas en la Orden de 27 de septiembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, al fomento de la comercialización y transformación de los productos de la pesca y la acuicultura en Andalucía, previstas en el Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (2014-2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Jueves, 17 de junio de 2021
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realizar la devolución voluntaria de la subvención recibida, debiendo para ello solicitar, al
órgano gestor de la subvención, la confección de la correspondiente carta de pago con la
que podrán realizar la citada devolución. La carta de pago que se emita se corresponderá
con una liquidación provisional, a cuenta de la liquidación definitiva que en su día se
emita con los intereses de demora que correspondan.
2. Con anterioridad al inicio del procedimiento de reintegro, las entidades beneficiarias
podrán presentar la solicitud de compensación con reconocimiento de deuda, identificando
el crédito reconocido a su favor y la subvención pendiente de justificar.
3. Asimismo, las entidades beneficiarias podrán presentar solicitud de aplazamiento o
fraccionamiento con reconocimiento de deuda dirigida al órgano gestor de la subvención,
identificando esta debidamente.
Séptimo. Prevención del fraude.
En cumplimiento de las recomendaciones de la Oficina Nacional de Coordinación
Antifraude del Ministerio de Hacienda y Función Pública establecidas en su Comunicación
1/2017, de 6 de abril, que se encuentra accesible en la página web de la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, cualquier persona que tenga
conocimiento de hechos que pudieran ser constitutivos de fraude o irregularidad en
relación con proyectos u operaciones financiados total o parcialmente con cargo a fondos
procedentes de la Unión Europea en el marco de la presente convocatoria podrá poner
dichos hechos en conocimiento del Servicio Nacional de Coordinación Antifraude de la
Intervención General de la Administración del Estado, por medios electrónicos a través
del canal habilitado por dicho servicio en la dirección web
«http://www.igae.pap.hacienda.gob.es/sitios/igae/es-ES/Paginas/denan.aspx»
Octavo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al que se publique en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sevilla, 26 de mayo de 2021
CARMEN CRESPO DÍAZ

00194021

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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