4. Administración de justicia. . (2021/115-16)
Edicto de 26 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Sevilla, dimanante de autos núm. 1202/2019. (PP. 1849/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Jueves, 17 de junio de 2021
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4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia
Edicto de 26 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de
Sevilla, dimanante de autos núm. 1202/2019. (PP. 1849/2021).
NIG: 4109142120190044588.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario-250.1.2) 1202/2019. Negociado: 3.
Sobre: Posesión (arts. 430-466 CC).
De: Coral Homes, S.L.U.
Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.
Contra: Ignorados ocupantes vivienda en C/ La Calesera, núm. 25, puerta B.
EDICTO
En el procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1202/2019, seguido
en este Juzgado, a instancia de Coral Homes, S.L.U., se ha dictado la sentencia que,
copiados el encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA número 126/21
En Sevilla, a doce de mayo de dos mil veintiuno.
Pronuncia la Ilma. Sra. doña Celia Belhadj Ben Gómez, Magistrada Juez titular del
Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, en el procedimiento de juicio Verbal
Civil de desahucio por precario núm. 1202/19, seguido a instancias de Coral Homes,
S.L., representado por el Procurador Sr. Gordillo Alcalá y asistido del Letrado Sr. Miguel
Sánchez, contra Ignorados ocupantes del inmueble sito en calle La Calesera, núm. 25,
puerta B, Sevilla, declarados en situación procesal de rebeldía.
Sobre desahucio por precario.
FALLO
Primero. Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el
Procurador Sr. Gordillo Alcalá en nombre y representación de Coral Homes, S.L., contra
ignorados ocupantes del inmueble sito en calle La Calesera, núm. 25, puerta B, Sevilla,
y en consecuencia debo condenar y condeno a estos últimos a estar y pasar por la
declaración de ocupación de la citada finca en situación de precario.
Debiendo proceder a su devolución y desalojo, con apercibimiento de que se
procederá a su lanzamiento si no abandona la finca en el día que se señale, sin necesidad
de notificación posterior.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma
cabe recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá
interponerse en el plazo de veinte días.
Así por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo acuerdo,
mando y firmo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00193505

Segundo. Imponer las costas ocasionadas en el presente procedimiento al
demandado.