3. Otras disposiciones. . (2021/114-14)
Resolución de 9 de junio de 2021, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de ofertas para la adhesión de espacios municipales de titularidad pública a la Red Andaluza de Teatros Públicos, ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Miércoles, 16 de junio de 2021
página 90

B) Espectáculos dirigidos al público infantil y juvenil a través de los centros educativos
(programa Abecedaria).
Con los municipios seleccionados se suscribirá el correspondiente Convenio de
colaboración, al amparo de lo dispuesto en el artículo 47 y siguientes de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Tercero. Solicitud.
1. Lugar y plazo de presentación.
La solicitud suscrita por el representante del Ayuntamiento o el responsable de la
entidad instrumental titular del teatro deberá cumplimentarse obligatoriamente conforme
al modelo que figura en la web del programa www.redandaluzadeteatrospublicos.es
La solicitud generada (Anexo I), suscrita con firma digital por el representante del
Ayuntamiento o el responsable de la entidad instrumental titular del teatro dirigida a la
persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se
presentará a través del servicio «Presentación Electrónica General» de la Junta de
Andalucía, disponible en la pestaña «Servicios y Trámites» en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es//servicios.html
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193975

Segundo. Requisitos de participación.
1. Podrán participar en la convocatoria las entidades locales andaluzas que no sean
capitales de provincia.
2. Las entidades locales participantes participantes deberán contar con un teatro en
perfectas condiciones de uso, que disponga de las debidas dotaciones de iluminación,
sonido y maquinaria, así como de los medios humanos necesarios para el desarrollo de
una programación escénica y/o musical, de carácter estable. El aforo mínimo será de 150
localidades.
También podrán participar aquellos que, no disponiendo de un espacio escénico,
estén interesados en llevar a cabo la programación en un espacio de interés histórico
cultural adecuado con un aforo mínimo de 150 localidades.
3. Las entidades locales solicitantes deberán contar con un gestor cultural profesional
que acredite un conocimiento del sector de las artes escénicas y de la música, con
funciones en la programación y gestión del espacio escénico y que actuará como
representante en el programa.
El gestor, o persona en quien delegue, deberá asistir a todas las representaciones en
su municipio, así como actividades, jornadas técnicas y sesiones formativas de la Red
Andaluza de Teatros Públicos.
Además, las entidades locales interesadas deberán disponer de un responsable
técnico encargado de garantizar el buen estado de las instalaciones e infraestructuras
culturales y su dotación, así como de la asistencia a las compañías en el montaje y
desmontaje de los espectáculos.
Aquellas entidades locales que soliciten Abecedaria deberán contar, en todas las
actividades que se realicen dentro del programa, con al menos una persona que se
encargue de la recepción del público escolar y de la presentación del espectáculo.
4. La gestión del teatro deberá corresponder al propio Ayuntamiento o a una sociedad
instrumental de carácter público municipal y, por tanto, sin ánimo de lucro.
5. Las entidades locales deberán acreditar la disponibilidad de crédito para hacer
frente a los compromisos adquiridos para la programación del teatro.
6. Los Ayuntamientos adheridos al Programa deberán realizar los pagos a las
compañías dentro de los plazos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
contratos del sector público.
7. Serán desestimadas las solicitudes de adhesión a sucesivas convocatorias de
aquellos municipios que no hayan acreditado el pago efectivo de las facturas de las
funciones realizadas tres meses antes.