Disposiciones generales. . (2021/114-2)
Orden de 10 de junio de 2021, por la que se asigna la distribución de crédito disponible entre ámbitos territoriales de la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía, efectuada por Orden de 17 de junio de 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Miércoles, 16 de junio de 2021
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No obstante, una vez resuelta la concesión de subvenciones en todos los ámbitos
territoriales de concurrencia competitiva de esta convocatoria para la rehabilitación de
viviendas, se constata que el crédito consumido en la partida presupuestaria 1700180000
G/43A/78400/00 S0096 2009000217, asciende a 7.874.547,49 euros, quedando pues un
crédito disponible en dicha partida de 4.493.452,51 euros.
Según lo dispuesto en el apartado 3 del dispositivo sexto de la orden de convocatoria
para la rehabilitación de edificios de 17 de junio de 2019 y según lo dispuesto en apartado
quinto de la base reguladora novena de las bases reguladoras, en aplicación del apartado e)
del artículo 10 del Reglamento de Procedimientos de Concesión de Subvenciones de
la Administración de la Junta de Andalucía, el crédito sobrevenido disponible citado en
el párrafo anterior, por importe de 4.493.452,51 euros, podrá dar lugar a una resolución
complementaria de la concesión de subvenciones que incluya solicitudes, respetando
su orden de evaluación, de ámbitos territoriales de la misma convocatoria que, aún
cumpliendo los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo.
Según lo expuesto, la cuantía final de la convocatoria 2019 para la rehabilitación de
edificios resultaría por un importe de 17.125.452,51 euros, con la siguiente distribución
por líneas de subvención: 16.940.474,24 euros para la línea 1 y 184.978,27 euros para la
línea 2.
Así pues, teniendo en cuenta todo lo anterior, el crédito disponible total en la partida
presupuestaria de gasto 1700180000 G/43A/78400/00 S0096 2009000217, asciende a
7.225.954,42 euros.
Por ello, con la finalidad de atender el interés general y motivado por la necesidad de
adecuarse a los principios de estabilidad presupuestaria y eficiencia en la asignación y
utilización de los recursos públicos, que establece la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril,
de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, resulta necesario dictar la
presente orden para asignar el crédito disponible detallado, entre los ámbitos territoriales
de las provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén y Sevilla, para atender
las solicitudes, para rehabilitación de edificios de la línea 1, presentadas al amparo de
la Orden de 17 de junio de 2019, que cumpliendo requisitos, no fueron atendidas por
agotamiento del crédito inicialmente asignado.
Por lo expuesto, conforme con lo establecido en las disposiciones mencionadas, en
el Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en el Decreto
107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio,
DISPONGO

00193991

Primero. Asignar el crédito disponible por importe de 7.225.954,42 euros, con cargo
a la partida presupuestaria 1700180000 G/43A/78400/00 S0096 2009000217, a los
ámbitos territoriales de Almería, Cádiz, Córdoba, Huelva, Jaén y Sevilla, para la tramitación
de solicitudes presentadas al amparo de la Orden de 17 de junio de 2019, por la que se
efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la
rehabilitación de edificios en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el ejercicio 2019, que
cumpliendo requisitos, no fueron atendidas por agotamiento del crédito, todo ello conforme
al procedimiento de concesión previsto en las bases reguladoras y a la convocatoria
efectuada, según el siguiente cuadro de distribución por ámbitos territoriales:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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