Disposiciones generales. . (2021/113-3)
Orden de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
página 102

26.c) Documentos justificativos del gasto:
Originales. Se marcarán con una estampilla:

No
Fotocopias compulsadas.
26.d) Utilización de medios electrónicos, informáticos o telemáticos en el procedimiento de justificación:
No.
Sí. Medios: los que se establezcan en cada convocatoria.
26.e) Trámites que podrán cumplimentarse con los medios arriba aludidos.
Justificación, con aportación de la documentación justificativa y subsanación de la misma, en su caso.

Razones motivadas para determinar este contenido de la memoria económica justificativa: Se considera
necesario para la completa apreciación de la justificación adecuada de la subvención.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193897

26.f) Modalidad de justificación:
26.f).1º Cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto:
Contenido de la memoria económica justificativa:
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el indicado en el
artículo 27.2.a).1ª del Texto Articulado.
El contenido de la memoria económica justificativa con aportación de justificantes de gasto será el siguiente:
- El indicado en el artículo 27.2.a).1ª del Texto Articulado.
- La memoria de actuación a la que hace referencia el citado artículo deberá contemplar, como contenido
mínimo, los siguientes extremos:
1º Entidad.
2º Denominación del proyecto de inversión.
3º Localización territorial.
4º Colectivo objeto de atención.
5º Número de personas usuarias desagregadas por edad y sexo.
6º Plazo de ejecución, indicando fecha de inicio y fecha de finalización.
7º Actuaciones realizadas.
8º Desviación respecto a las actuaciones previstas.
9º Resumen económico, que deberá contener una relación clasificada de los gastos, con identificación
de la persona acreedora y del concepto, su importe correspondiente, fecha de emisión y porcentaje de
imputación a la actuación subvencionada.
10º Detalle de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con
indicación del importe y su procedencia.
11º Resultados obtenidos y cuantificados.
12º Desviación respecto a los resultados previstos.
13º Indicadores de resultados del proyecto de inversión.
- Los gastos deberán acreditarse mediante facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico
jurídico, mercantil o con eficacia administrativa.
- Cuando el coste de un suministro supere las cuantías establecidas en la legislación vigente sobre contratos del
sector público para el contrato menor, la entidad beneficiaria deberá solicitar como mínimo tres ofertas de
diferentes personas o entidades proveedoras, con carácter previo a la contracción del compromiso para la
prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el
mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere
realizado con anterioridad a la subvención.
- La certificación de haber sido registrado en su contabilidad el ingreso de la subvención percibida, con
expresión del asiento contable practicado, la administración concedente de la subvención, su importe y fecha de
ingreso.
- Constatación documental de la realización de las actuaciones (soporte fotográfico, encuestas de satisfacción,
material informativo, notas de prensa...).
- Certificación de la persona que ejerce la representación legal de la entidad en la que conste la recepción de los
bienes adquiridos, su conformidad y la inclusión de los mismos en el inventario de la entidad.