Disposiciones generales. . (2021/113-3)
Orden de 9 de junio de 2021, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Martes, 15 de junio de 2021
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12.- Criterios de valoración (Artículo 14):
12.a) Criterios de valoración por orden decreciente de importancia, y su ponderación:
La puntuación máxima a otorgar a cada solicitud será de 100 puntos, constando la valoración de dos fases, la primera de
las cuales tendrá carácter eliminatorio. La puntuación mínima necesaria que debe obtenerse en la primera fase para que
se evalúe la segunda, así como la de esta última fase, se establecerá en cada convocatoria:
1ª fase: valoración del apartado “A.- EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES”.
2ª fase: valoración del apartado “B.- PROGRAMA A REALIZAR”.

A.- EXPERIENCIA Y CAPACIDAD DE LAS ENTIDADES SOLICITANTES (0-40 puntos):
A.1.Implantación territorial (0-6 puntos).
Para la valoración de este criterio se atenderá a la existencia de sede física o delegaciones en las provincias de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En el supuesto de Federaciones o Confederaciones se valorará conforme a la de sus asociaciones o entidades miembros.
Las agrupaciones de entidades se valorarán en base a la implantación de cada una de las entidades agrupadas de forma
acumulada.
A.2. Adecuación de recursos humanos (0–14 puntos). Se valorarán las líneas de actuación de la entidad en materia de
gestión de los recursos humanos, teniendo en cuenta:
-La naturaleza, características y duración de la contratación del personal asalariado preexistente y de nueva
incorporación.
-El empleo de personas con discapacidad de manera análoga a la regulación de esta materia por el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social y el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el
cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
-El empleo de personas en situación de exclusión social desempleadas e inscritas en los Servicios Públicos de Empleo,
con especiales dificultades para su integración en el mercado de trabajo, a que se refiere el punto 1 del artículo 2 de la
Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción.
-El empleo de mujeres, jóvenes y personas desempleadas de larga duración.

A.3. Alineación con los ODS (Objetivos de Desarrollo Sostenible) de la Agenda 2030. La entidad debe indicar en qué
medida contribuye a los mismos con su actuación (0-2 puntos).
A.4. Antigüedad (0-4 puntos).
Se valorarán los años de antigüedad de la entidad solicitante desde su constitución.
A.5. Existencia de Planes de Igualdad (0-2 puntos).
Se valorará que la entidad solicitante disponga de un Plan de Igualdad en los términos previstos en el Real Decreto
901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto
713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.
A.6. Presencia de la mujer en la Junta Directiva o Patronato de la entidad solicitante (0-4 puntos).
Se tendrá en cuenta la composición del órgano de gobierno de la entidad, diferenciando entre hombres y mujeres.
A.7. Calidad en la gestión de la entidad solicitante (0-6 puntos).

Acreditación de que se dispone de plan de calidad con certificado vigente (se admitirá cualquier entidad
certificadora). Auditoría de calidad (externa).
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Se valorarán por orden decreciente los siguientes aspectos: