Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/109-6)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia la convocatoria externa definitiva para la cobertura de un puesto de Médica o Médico para la Comunidad Terapéutica de Mijas de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Miércoles, 9 de junio de 2021
página 101

4. Baremo de méritos.
Las personas aspirantes que cumplan con los requisitos establecidos para su
participación en este proceso selectivo deberán autobaremar los méritos alegados
mediante la cumplimentación del Anexo II, conforme al siguiente baremo.
Por mes completo
Experiencia como médica o médico en la Agencia y/o Fundaciones de origen
Experiencia como médica o médico en Centros de Atención a
Experiencia
Drogodependencia y Adicciones públicos
(máximo 60 puntos)
Experiencia como médica o médico en Centros de Atención a
Drogodependencia y Adicciones concertados/privados

0,5
0,3
0,2

Experiencia como médica o médico en Centros públicos.

0,1

Experiencia como médica o médico en Centros concertados/privados y por
cuenta propia.

0,05
Por hora

Formación no reglada en materia de drogodependencia y adicciones y que
hayan sido impartidas por algunas de las siguientes instituciones*.

Formación
(máximo 35 puntos) Formación no reglada en materia de patología dual y comorbilidad
psiquiátrica y que hayan sido impartidos por algunas de las siguientes
instituciones*.

0,025
0,01
Por titulación

Titulaciones
Académicas
(máximo 5 puntos)
(**)

Titulo de Doctorado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, o el Titulo
de Grado Universitario y Máster correspondiente o cualquier titulación
equivalente a las mismas, reconocidos u homologados por la Administración
Educativa competente.

2,5

5. Acreditación de méritos.
Experiencia:
No será necesaria la acreditación de la experiencia laboral en la Agencia y/o
Fundaciones de origen.
Para los casos de experiencia laboral diferente a la Agencia o Fundaciones de origen,
la acreditación de la misma se realizará a través de los siguientes documentos:
a) Para trabajadoras o trabajadores por cuenta ajena:
- Vida Laboral y contrato de trabajo en el que aparezca el puesto de trabajo con la
misma denominación que el baremado.
De ser un puesto similar al baremado, deberá acreditarse además de la Vida
Laboral y del contrato de trabajo, el certificado de funciones expedido por la entidad
contratante o, en su defecto, extracto del convenio colectivo de aplicación en el
que queden claramente especificada dichas funciones. En caso de inexistencia de
contratos de trabajo, los mismos podrán ser sustituidos por nóminas o documentos
expedidos por el Servicio Público de Empleo, que acrediten la duración del
contrato y la categoría profesional en la que se han prestado los servicios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193569

* Se valorará Formación no reglada que haya sido impartida y/u organizada por alguna de las siguientes
instituciones: Centros Universitarios (títulos propios), Ministerios, Consejerías, Corporaciones Locales,
Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades Autónomas,
Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados, SEPE o sus homólogos en las
Comunidades Autónomas, y/o cualquier otro ente público dependiente de una administración pública, así
como Organizaciones Sindicales y Colegios Profesionales.
** Se valorará cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida en
la convocatoria. En ningún caso los certificados de profesionalidad podrán ser considerados como título
académico objeto de valoración en este apartado.