Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/109-6)
Resolución de 2 de junio de 2021, de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia la convocatoria externa definitiva para la cobertura de un puesto de Médica o Médico para la Comunidad Terapéutica de Mijas de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Miércoles, 9 de junio de 2021
página 97

integrantes, conformarán la bolsa de empleo en los términos recogidos en la base novena
de la presente convocatoria.
En caso de empate en la puntuación total, el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación en el apartado de experiencia. Si se mantuviera el empate, será de
aplicación la Resolución de 10 de febrero de 2021, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo que
determina el orden de actuaciones de los aspirantes en las pruebas selectivas que se
convoquen a partir de la publicación en el BOJA de la presente resolución y que se
celebren durante el año 2021, a partir del aspirante cuyo primer apellido comience por la
letra R.
Séptima. Comisión de Selección.
Como órgano de selección de la presente convocatoria se constituye la Comisión de
Selección formada por:
- Presidencia: Titular de la Dirección Gerencia de la Agencia o persona en quien
delegue.
- Secretaría: Titular de la Secretaría General de la Agencia o persona en quien
delegue.
- Vocalías:
Personal perteneciente a la Jefatura de Recursos Humanos.
Personal perteneciente a la Jefatura de Atención Social y Sanitaria.
Corresponde a la Comisión de Selección:
- La valoración de la acreditación de los requisitos y méritos autobaremados por las
personas participantes en la presente convocatoria.
- La modificación, si procede, de la puntuación referida a los méritos autobaremados
por las personas participantes en el proceso. La puntuación modificada, tanto parcial
como total, nunca podrá superar la autobaremación inicial presentada por la candidatura.
- La interpretación de las bases de esta convocatoria y de las condiciones particulares.
- La valoración y resolución de las alegaciones presentadas durante el proceso, así
como cualquier incidencia relacionada con esta convocatoria.
La Comisión podrá incorporar en calidad de asesoramiento a otras personas al objeto
del contribuir al correcto funcionamiento del proceso. El órgano de selección podrá estar
asesorado y/o auxiliado por entidades o personal especialista en selección de personal.
Asimismo contará con el apoyo necesario para las tareas administrativas.
De igual modo, podrá asistir con voz pero sin voto, una persona por cada sección
sindical que cuente al menos con un diez por ciento de representación de la Agencia.

Novena. Conformación de bolsa de empleo.
Una vez resuelta la convocatoria, se conformará una bolsa de empleo con el resto
de personas admitidas en el proceso selectivo que no hayan sido seleccionadas, hasta
un número máximo de 50 integrantes, según orden de prelación de la lista definitiva de
candidaturas con puntuación revisada.
Para la conformación de esta bolsa, se reservará un cupo de puestos de un 10%
para ser cubiertos entre personas con discapacidad que tengan acreditado un grado
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Octava. Nombramiento.
La Dirección Gerencia de la Agencia dictará resolución por la que se acordará el
nombramiento de la persona seleccionada.
La Agencia podrá requerir a la persona seleccionada, mediante originales o copias
realizadas en virtud del artículo 27 de la Ley 39/2015, todos los requisitos y méritos
alegados, en los plazos que se establezcan para ello. De no presentarse la documentación
requerida en tiempo y forma o de comprobarse falsedad, las personas serán excluidas del
proceso, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido.