4. Administración de justicia. . (2021/109-14)
Edicto de 13 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Seis de Estepona, dimanante de autos 740/2019. (PP. 1732/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 109 - Miércoles, 9 de junio de 2021
página 147

4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Edicto de 13 de mayo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
núm. Seis de Estepona, dimanante de autos 740/2019. (PP. 1732/2021).
NIG: 2905142120190004217.
Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 740/2019. Negociado: 03.
Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.
De: Colba Directorship, S.L.
Procurador: Sr. José Domingo Corpas.
Letrado: Sr. Jorge Grau Cerrato.
Contra: Don Rostyslav Stavchanskyi.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 740/2019,
seguido a instancia de Colba Directorship, S.L., frente a Rostyslav Stavchanskyi se ha
dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA Núm. 123/2020
En Estepona, a diecisiete de diciembre de dos mil veinte.
Vistos por mí, doña Sandra Carrión Montilla, Magistrada-Juez del Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número Seis de Estepona y su partido judicial, los autos
de juicio verbal de precario, registrados con el número 740/2019, promovidos por Colba
Directorship, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales don José Domingo
Corpas y asistida del Letrado don Jorge Grau Cerrato, contra don Rostyslav Stavchanskyi,
declarado en situación de rebeldía procesal.
FALLO

Contra la presente resolución cabe formular recurso de apelación, que se interpondrá
ante el Tribunal que ha dictado la resolución en el plazo de veinte días (conforme disponen
los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil) debiendo el apelante
exponer las alegaciones en que se base la apelación, además de citar la resolución
apelada y los pronunciamientos que se impugnan, y tener constituido un depósito de
cincuenta euros en la cuenta de consignaciones de este Juzgado.
Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y
firmo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192867

Se estima totalmente la demanda interpuesta por Colba Directorship, S.L., y en
consecuencia, se declara haber lugar al desahucio de la vivienda sita Estepona,
Urbanización Buenas Noches, Costa Galera, Avenida Andalucía, parcela 191, finca
registral núm. 14.504, vivienda que el demandado ocupa en situación de precario.
Se condena al demandado don Rostyslav Stavchanskyi a dejar libre, vacua y
expedita la vivienda sita en Estepona, Urbanización Buenas Noches, Costa Galera,
Avenida Andalucía, parcela 191, finca registral núm. 14504, y a disposición del actor, con
apercibimiento de lanzamiento si no se llevara a cabo.
2. Se imponen las costas a don Rostyslav Stavchanskyi.