3. Otras disposiciones. . (2021/108-17)
Orden de 1 de junio de 2021, por la que se concede una subvención nominativa a la Fundación para la Promoción y el Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva para financiar el coste del personal dedicado a la difusión de la información de precios en origen del Aceite de Oliva.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Martes, 8 de junio de 2021
página 200

3. Otras disposiciones
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible
Orden de 1 de junio de 2021, por la que se concede una subvención nominativa
a la Fundación para la Promoción y el Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva
para financiar el coste del personal dedicado a la difusión de la información de
precios en origen del Aceite de Oliva.
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible forma parte del
Patronato de la Fundación para la Promoción y el Desarrollo del Olivar y del Aceite de
Oliva, desde su constitución. La Fundación cuenta para su financiación, entre otras, con
la aportación de los Patronos.
En el presupuesto para 2021 se contempla una aportación para la Fundación de
30.000 euros en la partida presupuestaria: 1300018064/G12M/48200/0001.
La Fundación ha solicitado una subvención de 30.000 euros a la Consejería de
Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible para financiar el coste del personal
dedicado a la difusión de la información de precios en origen del aceite de oliva.
Por todo lo expuesto, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible ha estimado conveniente conceder una subvención nominativa a la Fundación
para la Promoción y el Desarrollo del Olivar y del Aceite de Oliva, para financiar el coste
del personal dedicado a la difusión de la información de precios en origen del aceite de
oliva.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría General de Agricultura, Ganadería y
Alimentación, y de conformidad con el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
R ES U ELVO
Primero. Conceder a la Fundación para la Promoción y el Desarrollo del Olivar y del
Aceite de Oliva, CIF G23228398, una subvención nominativa de treinta mil euros (30.000 €)
para financiar el 100% del presupuesto aceptado correspondiente a los gastos de personal
dedicado a la difusión de la información de precios en origen del aceite de oliva durante el
año 2021, con cargo a la partida presupuestaria: 1300018064/G12M/48200/0001.
Segundo. La Fundación se compromete a realizar las actividades objeto de la subvención
durante el año 2021, presentando una memoria de actividades y una justificación de los
gastos del personal dedicado a la difusión de la información de precios en origen del aceite
de oliva.

Cuarto. El pago se podrá efectuar de dos formas.
- Mediante un pago en firme del 100% del importe de la subvención, previa aceptación
y justificación por parte de la entidad beneficiaria de la realización de las actividades que
fundamentan el otorgamiento de la subvención.
- Mediante un pago anticipado, con un anticipo máximo del 50% del importe de la
subvención, previa solicitud motivada de la necesidad de liquidez de la entidad y tras la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00193477

Tercero. Serán subvencionables las actividades que se desarrollen desde el 1 de enero
2021 hasta el 30 de noviembre de 2021, siendo el plazo máximo para la presentación de
la justificación el 14 de diciembre de 2021.