Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/107-9)
Resolución de 1 de junio de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Coordinador de Prácticas-Profesor Asociado de Concierto con las Instituciones Sanitarias.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Lunes, 7 de junio de 2021
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6. Resolución y propuesta de contratación.
6.1. El Rectorado, una vez publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos, remitirá
a los Departamentos correspondientes la documentación de los aspirantes admitidos para
su informe preceptivo por el Consejo de Departamento.
Para la resolución de las plazas, serán de aplicación los baremos contenidos en los
Anexos II y III de la presente convocatoria. Los aspirantes a dichas plazas cumplimentarán
la instancia-currículum, realizando la autobaremación de sus méritos. El Departamento
emitirá informe, que habrá de ser razonado, en cualquier caso, el cual incluirá una
baremación previa, que confirmará o corregirá dicha autobaremación, y que servirá de
base para la baremación definitiva que la Comisión de Contratación realizará para la
resolución del procedimiento selectivo, la cual se comunicará al Consejo de Gobierno.
Los Departamentos correspondientes, en el plazo de los cinco días hábiles
siguientes a la recepción de las solicitudes y documentación que acompañen, y una vez
cumplimentado lo anterior, deberán devolver la documentación al Rectorado, haciéndose
entrega a la Comisión de Contratación de la Universidad para su examen y evaluación.
6.2. La resolución del procedimiento selectivo establecerá un orden de prelación que
se hará público en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba, y servirá de notificación
a los participantes en el concurso.
En el plazo de los cinco días hábiles siguientes, los aspirantes admitidos podrán,
de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, solicitar por escrito el examen de
la documentación correspondiente a la plaza de la que son aspirantes, y si lo consideran
conveniente, formular, dentro de ese mismo plazo, la pertinente reclamación ante el
Presidente de la Comisión de Contratación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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requerir de los aspirantes la presentación de los originales de la documentación aportada,
siendo excluidos del concurso si no cumplimentan el requerimiento.
Sólo se tendrán en cuenta aquellos méritos que se hayan relacionado expresamente
en la instancia-currículum y queden debidamente acreditados.
Asimismo, los méritos deberán ser numerados en el orden correspondiente que figure
en la instancia-currículum, al objeto de facilitar su comprobación e identificación por la
Comisión de Contratación.
5.6. Dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de presentación
de solicitudes, el Rector dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y
excluidos, con indicación de las causas de exclusión, que será publicada en la Boletín
Oficial de la Universidad de Córdoba y que servirá de notificación a los participantes en
el concurso.
Para subsanar la causa de exclusión o presentar reclamación, en su caso, los
aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al
de la publicación de la citada resolución en el BOUCO.
En ningún caso será subsanable el no haber efectuado el pago de los derechos de
participación.
Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones o
resueltas las que, en su caso, hayan podido presentarse, el Rector dictará resolución
elevando a definitivas las listas de aspirantes por el mismo cauce anterior.
Contra dicha resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día
siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado (artículos 112, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas), o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, ante el Juzgado
de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba (artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).