3. Otras disposiciones. . (2021/105-7)
Resolución de 25 de mayo de 2021, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda avocar la competencia que se cita y delegarla en la persona titular de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Málaga.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Jueves, 3 de junio de 2021
página 31

3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Bajo la Presidencia de la persona titular de la Viceconsejería, el Servicio Andaluz de
Empleo, de conformidad con el artículo 9 de sus Estatutos, aprobados por Decreto
96/2011, de 19 de abril, cuenta con una organización central y una organización periférica.
Como órgano principal de la estructura periférica de la Agencia, el artículo 9.1.b).1.º señala
a las Direcciones Provinciales.
Estos Estatutos articulan mecanismos para flexibilizar el modelo de gestión de la
Agencia y equilibrar adecuadamente los principios de autonomía, control y responsabilidad
por resultados, fomentando la prestación de servicios públicos de calidad a través del
desarrollo de las funciones que tiene encomendadas normativamente el Servicio Andaluz
de Empleo.
Con fecha 5 de diciembre 2012, y debido a razones de agilidad y eficacia administrativa,
se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 28 de noviembre
de 2012, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se delegan competencias en los
órganos directivos de la Agencia en materia de personal, de gestión económico-financiera,
de contratación y de gestión administrativa, en la que, en materia de contratación, se
delegaba en la persona titular de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo
la competencia para actuar como órgano de contratación de la Agencia, con la excepción,
de los contratos de obras (importe limitado) y los contratos de suministros de servicios, en
la que el órgano de contratación de la Agencia, respecto de la gestión de los créditos para
los gastos propios de los servicios a su cargo, se delegaba, en sus respectivos ámbitos, a
las personas titulares de las Direcciones Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo.
Asimismo, al respecto de las Escuelas y Centros de Formación adscritas al Servicio
Andaluz de Empleo, y en consonancia con criterios de buena administración, mediante
Resolución de 8 de marzo de 2016, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de
Empleo, están delegadas en las personas titulares de las Direcciones Provinciales las
competencias para la gestión de estos centros formativos y la ejecución de las funciones
previstas en el artículo 3, apartado 5.º, de la Ley 4/2002, de 16 de diciembre, de creación
del Servicio Andaluz de Empleo.
Por otra parte, la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Málaga,
mediante Resolución de 1 de febrero de 2021, ha convocado a las empresas del sector
hotelero interesadas en la realización de un proyecto de adaptación y gestión de las
instalaciones del complejo Centro Andaluz de las Industrias de Ocio, en Mijas (Málaga)
–conocido como CIO-Mijas– con objeto de conocer las características del servicio a
implementar, evaluar su viabilidad así como sus prestaciones y funcionalidades y plantear
una licitación de la gestión del centro.
Considerando que la Dirección Provincial de esta Agencia en Málaga, en virtud de la
actividad que viene desarrollando, desde la integración del CIO-Mijas en la Agencia, para
la total puesta en funcionamiento del complejo de instalaciones que componen, dispone
de un conocimiento directo sobre las oportunidades que el Centro puede desarrollar
como instrumento estratégico para la mejora de las competencias profesionales que
demanda el sector de la hostelería y el turismo y para la mejora de la competitividad de
este sector, se considera necesario articular, en relación al CIO Mijas, una adecuada
ordenación funcional a través de la delegación de competencias específicas en materia
de contratación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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Resolución de 25 de mayo de 2021, del Servicio Andaluz de Empleo, por la que
se acuerda avocar la competencia que se cita y delegarla en la persona titular
de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Málaga.