4. Administración de justicia. . (2021/104-13)
Edicto de 9 de febrero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Ayamonte, dimanante de autos 25/2019. (PP. 1734/2021).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Miércoles, 2 de junio de 2021
página 127

4. Administración de Justicia
Juzgados de Primera Instancia e Instrucción
Edicto de 9 de febrero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción
núm. Cinco de Ayamonte, dimanante de autos 25/2019. (PP. 1734/2021).
NIG: 2101042120190000133.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 25/2019. Negociado: 5L.
Sobre: Otros contratos.
De: Leaseplan.
Procuradora: Sra. María Jesús Gómez Molins.
Letrado: Sr. Javier Luengo Martínez.
Contra: Faber Cosméticos, S.L.
EDICTO
CéDULA DE NOTIFICACIóN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal
siguiente:
«FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los
Tribunales, Sra. Gómez Molins, en nombre y representación de Lease Plan Servicios,
S.A., contra Faber Cosméticos, S.L., debo condenar y condeno al demandado a abonar a
la actora la cantidad de siete mil sesenta y seis con trece euros (7.066,13 €), más intereses
legales, por los siguientes conceptos:
1. Al pago de la cantidad de 1.918,35 euros en concepto de principal, más los
intereses legales.
2. Al pago de la cantidad de 5.147,78 euros en concepto de daños y perjuicios
correspondientes al 50% de los pagos que habría de efectuar la demandada por el
vehículo matrícula 5668KHY hasta la finalización del contrato.
Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
Notifíquese la presente resolución a las partes indicando que contra la misma cabe
interponer recurso de apelación, del que conocerá la Audiencia Provincial de Huelva,
debiendo interponerse ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde
el día siguiente a la notificación de la resolución, debiendo exponer las alegaciones en
que se base la impugnación, y citar la resolución apelada y los pronunciamientos que se
impugna.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.»
Y como consecuencia del ignorado paradero de Faber Cosméticos, S.L., se extiende
la presente para que sirva de cédula de notificación.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo
podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con
pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de
tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192903

Ayamonte, a nueve de febrero de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración
de Justicia.