Disposiciones generales. . (2021/103-1)
Orden de 26 de mayo de 2021, por la que se modifica la de 23 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas al mantenimiento de las agrupaciones locales del voluntariado de protección civil.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Martes, 1 de junio de 2021
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CUADRO RESUMEN DE LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES A CONCEDER POR EL PROCEDIMIENTO DE
CONCURRENCIA COMPETITIVA.
0.- Identificación de la línea de subvención:

Gastos inventariables para el mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección
Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

1.- Objeto (Artículo 1):

El objeto de la presente Orden es establecer las bases reguladoras y el régimen de convocatoria para la
concesión de subvenciones destinadas al mantenimiento de las agrupaciones inscritas en el Registro de
Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2.- Conceptos subvencionables (Artículos 1, 5, 9 y 17).
2. a ) Conceptos subvencionables :

Con arreglo a lo dispuesto en el presente cuadro resumen, se subvencionarán los
relacionados con el mantenimiento de las Agrupaciones Locales del Voluntariado
1. Material inventariable para el desarrollo de las funciones de actuación en
operativo.
2. Material inventariable para el desarrollo de las funciones de actuación
prevención.

siguientes conceptos
de Protección Civil:
el ámbito del apoyo
en el ámbito de la

2. b ) Posibilidad de reform ulación de solicitudes :

Sí.
No .
2. c) Posibilidad de solicitar dos o m ás subvenciones .
No .
Sí. Núm ero :
Solo se puede optar a una de ellas .
Es posible optar a las siguientes subvenciones :
En el supuesto de que las personas o entidades solicitantes no hayan expresado su opción en plazo , se entenderá que han optado por:

2. d ) Ám bitos territoriales y/o funcionales de com petitividad :
La Com unidad Autónom a Andaluza .
La provincia :
Otro ám bito territorial:
Otro ám bito funcional:

3.- Régimen jurídico específico aplicable (Artículo 2):
No se establece .
Sí. Con carácter específico , las presentes subvenciones se regirán por las norm as que seguidam ente se relacionan :

Además de regirse por las normas indicadas en el texto articulado de las bases, se regirán
igualmente
por
las
siguientes
normas
específicas:
• Decreto 159/2016, de 4 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de las
Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
•Ley
7/1985,
de
2
de
abril,
Reguladora
de
las
Bases
del
Régimen
Local.
•Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido
de
las
disposiciones
legales
vigentes
en
materia
de
Régimen
Local.
•Real Decreto Legislativo 28/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de
la
Ley
Reguladora
de
las
Haciendas
Locales.
•Ley
5/2010,
de
11
de
junio,
de
Autonomía
Local
Andalucía.
•Ley
38/2003,
de
17
de
noviembre,
General
de
Subvenciones.
• Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de
Concesión
de
Subvenciones
de
la
Junta
de
Andalucía.
• Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/201, de 2 de marzo.

4.- Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir, periodo de mantenimiento y
excepciones (Artículo 3):
4. a ) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir:
4. a ).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades :
Podrán acogerse a las subvenciones objeto de la presente convocatoria todos los Ayuntamientos y
Entidades Locales Autónomas de Andalucía que cuenten con agrupaciones inscritas en el Registro
de Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.

1.- La agrupación del Ayuntamiento o Entidad Local Autónoma solicitante, debe estar inscrita en
el Registro de Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma
a
la
fecha
de
la
publicación
de
la
convocatoria
de
subvenciones.
2.- Reunir los requisitos de imagen corporativa dispuestos en el Reglamento General de las
Agrupaciones Locales del Voluntariado de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
en especial los relativos al distintivo (artículo 20 y anexo) y a la uniformidad (artículo 28).
3.- Tener debidamente adaptado el Reglamento de la Agrupación al Reglamento General.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00193163

4. a ).2º. Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención :