5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/103-38)
Anuncio de 17 de mayo de 2021, del Consorcio de Transportes de la Bahía de Cádiz, para la provisión de un puesto de Técnico Naval, Grupo II, laboral con carácter fijo, mediante concurso-oposición. (PP. 1641/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Martes, 1 de junio de 2021
página 238

Tercera. Solicitudes, tasa y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de participación se ajustarán al modelo oficial publicado como
Anexo II de solicitud de las bases.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, contados a
partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía, e irán dirigidas a la persona titular que ostente la Presidencia del
CMTBC, pudiendo ser:
- Presentación en el Registro General del Consorcio situado en el edificio Glorieta
planta 5, módulo 3 y 4, 11011Zona Franca, Cádiz.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192403

2. Los requisitos exigidos para el acceso a la condición de personal laboral fijo, en la
categoría profesional convocada, son los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los Estados miembros
de la Unión Europea. El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, podrá participar
siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones,
podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge que vivan a su cargo menores
de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la
libre circulación de trabajadores.
Los extranjeros que no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren
con residencia legal en España.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no haber alcanzado la edad a que se
refiere el artículo 205.1.a) de la Ley General de la Seguridad Social en relación con la
Disposición Transitoria Séptima de la misma norma.
c) Deberá acreditarse estar en posesión de la titulación académica que se detalla:
- Ingeniero/a Técnico/a Naval, o de los títulos de grado equivalentes verificados por el
Consejo de Universidades a través del cauce procedimental previsto en el Real Decreto
1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas
universitarias oficiales, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, y el Real
Decreto 43/2015, de 2 de febrero.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de
la documentación que acredite su homologación.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a la categoría profesional a la que se aspira, extremo que se acreditará por las personas
aspirantes que sean propuestas como seleccionadas conforme a lo indicado en el
apartado 6 de la base séptima.
e) Estar en posesión del permiso de conducción clase B o en condiciones de obtenerlo
en el plazo de presentación de solicitudes.
A estos efectos, se entiende que se está en condiciones de obtenerlo cuando en el
plazo de presentación de solicitudes se hayan superado todas y cada una de las pruebas
que permitan la adquisición del citado permiso.
f) No haber sido separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para ejercer funciones similares a las que
desempeñaban en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de ser nacional
de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber sido sometida
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público.
g) Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria por cada
categoría profesional a que se aspira, de acuerdo con lo establecido en la Base Tercera.