Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/100-10)
Resolución de 21 de mayo de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de Profesor Ayudante Doctor.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 100 - Jueves, 27 de mayo de 2021
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Para los aspirantes extranjeros será necesario el dominio del idioma castellano, que
podrá ser apreciado por la Comisión de Contratación mediante entrevista al efecto.
2.2. Requisitos específicos:
a) Estar en posesión del título de Doctor. Cuando el título haya sido obtenido en el
extranjero, se deberá estar en posesión del certificado de equivalencia al nivel académico
de Doctor expedido por la Universidad que la otorgue.
b) Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional
de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Dirección de Evaluación
y Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento, DEVA, (Antigua Agencia
Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria) para la figura del
Profesor Ayudante Doctor.
No podrán tomar parte en el presente concurso quienes anteriormente hayan
agotado el plazo máximo de duración de un contrato de la misma categoría en cualquier
universidad, o hubieran superado el tiempo total de ocho años de duración conjunta entre
esta figura contractual y la de ayudante en la misma o distinta universidad.
3. Publicidad del presente concurso.
El presente concurso se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, y se
le dará difusión, a efectos informativos, a través de la página web de la Universidad de
Córdoba: http://www.uco.es/gestion/laboral/convocatorias-de-empleo/pdi-ordinarias.

5. Solicitudes y documentación.
5.1. Los interesados en tomar parte en la presente convocatoria deberán presentar,
por cada plaza o grupo de plazas solicitadas, las cuales aparecen en el Anexo I separadas
por un guión, una instancia-currículum normalizada, que será generada en la Sede
Electrónica a partir de la información introducida en la aplicación informática desarrollada
a tal efecto y a la que se puede acceder en la dirección https://merito.gestion.uco.es.
En dicha aplicación los aspirantes alegarán los méritos para cada plaza solicitada,
debiendo incorporar los documentos necesarios para su acreditación. El formato de los
documentos adjuntados a través de la aplicación será PDF.
Para acceder a la aplicación es necesario que el solicitante tenga instalado en el
navegador su Certificado Digital de Persona Física emitido por la Fábrica Nacional de
Moneda y Timbre.
Tanto la introducción de méritos del currículum, como la incorporación de los
documentos a través de la plataforma, podrá ir completándose hasta que se firme la
Instancia-Currículum a través de la Sede, momento en el que quedará bloqueada la
introducción de datos para esa determinada solicitud.
Si por cualquier circunstancia se presentase más de una instancia-currículum para
una misma plaza, se considerará válida la última presentada y firmada.
No se considerará presentada la solicitud de participación en la convocatoria, aun
habiéndose introducido todos los méritos en la aplicación, hasta que no se haya firmado
la instancia-currículum a través de la Sede Electrónica.
5.2. Asimismo, deberán abonar, para cada una de las plazas que se soliciten o grupo
de plazas solicitadas, las cuales aparecen en el Anexo I separadas por un guión, los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192789

4. Duración de los contratos.
La contratación será a tiempo completo y la duración no podrá ser inferior a un año
ni superior a cinco, pudiendo prorrogarse o renovarse si se hubiera concertado por una
duración inferior a la máxima, siempre que la duración total no exceda de los indicados
cinco años. En cualquier caso, el tiempo total de duración conjunta entre la figura de
Profesor Ayudante Doctor y la de Ayudante, en la misma o distinta universidad, no podrá
exceder de ocho años. Las situaciones de incapacidad temporal, maternidad y adopción
o acogimiento durante el período del contrato, interrumpirán su cómputo.