Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/99-8)
Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Universidad de Granada, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan 13 contratos para personas con titulación universitaria y grado de doctor o experiencia equivalente, dentro del Programa de Investigación, Formación y Movilidad-IFMIF-DONES.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 99 - Miércoles, 26 de mayo de 2021
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La Universidad de Granada proporcionará además un seguro médico y de accidentes
para el titular del contrato en aquellos destinos en los que la asistencia no esté cubierta
por la Seguridad Social española.
La Universidad de Granada dotará a las personas contratadas que residan en
países diferentes a los de los centros receptores con una bolsa de viaje de 5.000 € para
el centro en Japón y 3.000 € para el resto de destinos a fin de sufragar los gastos de
establecimiento, viajes y visados si fueran necesarios, durante la vigencia del contrato.
Además del salario, la Universidad de Granada pagará un complemento por movilidad
durante los periodos en que la actividad se desarrolle fuera de España y en su caso, un
complemento familiar. En este contexto, la familia se define como personas vinculadas a
las personas seleccionadas por (i) matrimonio, o (ii) una relación con estatus equivalente
a un matrimonio reconocido por la legislación del país o región donde se formalizó dicha
relación; o (iii) hijos e hijas dependientes que son efectivamente mantenidos por la
persona contratada.
Salario: 3.426 euros/mes.
Complementos de Movilidad: 600 euros/mes.
Complemento de Familia (si procede): 500 euros/mes.

Tercero. Requisitos de participación y criterios de elegibilidad.
No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de las
personas solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación
de personas extranjeras no comunitarias, la cual se formalizará a los solos efectos
de realización de tareas de investigación o técnicas propias del proyecto, quedará en
suspenso mientras no obtengan el permiso que les autorice para trabajar de acuerdo
con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades
de los extranjeros en España y su integración social y disposiciones reglamentarias de
aplicación.
1. Requisitos de participación: Titulación.
Podrán solicitar estos contratos quienes ostenten las condiciones académicas
requeridas para cada uno de los puestos y definidas en el Anexo A.
Será requisito indispensable estar en posesión de un título universitario oficial
español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior. En el
caso de personas tituladas conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo
de Educación Superior, será obligatoria la presentación de un título homologado.
Tanto el título como la certificación académica deberán estar expedidos o traducidos
en idioma español o inglés.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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3. Obligaciones de las personas beneficiarias.
- Incorporación al centro de destino donde va a desarrollar la actividad objeto del
contrato.
- Respetar las normas establecidas en los convenios suscritos con los centros
receptores, que serán facilitados a la firma del contrato.
- Mencionar a la entidades financiadoras (Universidad de Granada, Junta de Andalucía
y FEDER) en las publicaciones derivadas de la actividad.
- Emisión de informes de actividad y progresos en los plazos establecidos por la
Universidad de Granada.
- Facilitar cualquier otra información o documentación solicitada por la Universidad de
Granada al objeto de justificar la ayuda concedida.
- Solicitar autorización previa al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia para
cualquier movilidad no prevista del centro de destino.
- Comunicar a la Universidad de Granada cualquier incidencia que impida o dificulte el
desarrollo de la actividad objeto del contrato.