Disposiciones generales. . (2021/548-1)
Acuerdo de 25 de mayo de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Programa de Refuerzo Educativo en período estival para curso 2020/2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 48 - Miércoles, 26 de mayo de 2021
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ANEXO
PROGRAMA DE REFUERZO EDUCATIVO EN PERÍODO ESTIVAL
Primero. Objeto.
El presente Programa tiene por objeto implementar una medida dirigida al alumnado de
centros docentes públicos o sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma
de Andalucía que, tras la finalización del período lectivo ordinario precisa refuerzo
educativo en las áreas de carácter instrumental o apoyo para la organización del trabajo,
mejora de los hábitos y técnicas de estudio, desarrollo de habilidades de integración y de
adaptación al grupo, así como fomento de los hábitos saludables a través de actividades
lúdico-deportivas.
Segundo. Objetivos.
El Programa pretende contribuir al éxito educativo del alumnado matriculado en
centros docentes públicos o sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, mediante actuaciones preventivas del fracaso escolar y abandono educativo
temprano. Los objetivos de este programa son:
- Mejorar habilidades y actitudes asociadas a la lectura, al razonamiento y lógica
matemática y a la adquisición de destrezas lingüísticas de la lengua extranjera inglesa.
- Desarrollar en el alumnado hábitos de organización y trabajo, así como técnicas de
estudio.
- Participar en actividades de carácter lúdico-deportivo que fomenten hábitos
saludables y la participación en actividades en el entorno escolar.
- Contribuir al aumento de la tasa de promoción y titulación del alumnado.

Cuarto. Centros solicitantes.
1. Podrá solicitar su participación en el programa la persona titular de la dirección de
los centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Educación
Primaria (para el alumnado de 1.º a 6.º de Educación Primaria) o de Educación Secundaria
Obligatoria (para el alumnado de 1.º y 2.º de Educación Secundaria Obligatoria), teniendo
prioridad aquellos centros que hayan desarrollado un Programa de Acompañamiento
Escolar (PROA).
2. Para solicitar el programa se deberá contar con la aprobación previa del Claustro
de profesorado, al menos por mayoría simple, así como informar al Consejo Escolar del
centro.
3. Asimismo, se tendrá en cuenta la adecuación de las instalaciones con las que
cuenta el centro para el desarrollo de las actividades previstas (aulas disponibles,
climatización, instalaciones deportivas…), con especial atención a la previsión de obras,
así como garantizar la limpieza, mantenimiento y apertura y cierre de las instalaciones
durante dicho período.
4. Según la disponibilidad presupuestaria existente, se aplicarán si es necesario los
siguientes criterios:
a) Participación del centro en el programa PROA en el curso 2020/2021.
b) Mayor porcentaje de alumnado con evaluación negativa en el área/materia de
Lengua Castellana y Literatura en el primer y segundo trimestre del curso 2020/2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192978

Tercero. Ámbitos del programa.
El Programa de Refuerzo Educativo en periodo estival se desarrollará en centros
docentes públicos en horario matutino durante el mes de julio y se podrá impartir de
primero a sexto de Educación Primaria y en primero y segundo de Educación Secundaria
Obligatoria. El alumnado podrá solicitar su participación para:
- Primera quincena de julio.
- Segunda quincena de julio.
- Mes completo.