Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/98-14)
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de esta Universidad, de 14 de mayo de 2021, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Martes, 25 de mayo de 2021
página 37

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
Universidades
Resolución de 19 de mayo de 2021, de la Universidad Pablo de Olavide, de
Sevilla, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno
de esta Universidad, de 14 de mayo de 2021, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2021.

Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y
Servicios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla para el año 2021, aprobada por
acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2021.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192635

De conformidad con en el artículo 13.1 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del
Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, que establece
que «Durante el año 2021 se podrá proceder a la incorporación de nuevo personal en
el sector público andaluz, hasta el máximo que se establezca por la legislación básica
estatal.»
De acuerdo con lo establecido en el artículo 19. Uno.1. de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 establece que: «La
incorporación de personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector
público, a excepción de los órganos contemplados en el apartado Uno.e) del artículo
anterior, se regulará por los criterios señalados en este artículo y se sujetará a una tasa
de reposición de efectivos del 110 por cien en los sectores prioritarios y del 100 por cien
en los demás sectores.»
3. Se consideran sectores prioritarios a efectos de la tasa de reposición: …
…I) Plazas de los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de
Universidad, de profesores contratados doctores de Universidad regulados en el artículo
52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y a las plazas de
personal de administración y servicios de las Universidades, siempre que por parte de
las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes
convocatorias.»
La Ley Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 establece, por otra parte,
en el artículo 19. 6 lo que no computa para el límite máximo de la tasa de reposición y en
su apartado 7, el procedimiento de cálculo de la tasa de reposición de efectivos, a efectos
de aplicar el porcentaje máximo en cada caso.
El cálculo de la tasa de reposición de efectivos, en función del número de personal de
administración y servicios fijos, que durante el año 2020 han dejado de prestar servicios
en esta Universidad, conforme al cálculo previsto, asciende a 7 plazas.
Conforme a lo establecido en el artículo 70 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público; en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para el año 2021; en el artículo 13 de la Ley 3/2020,
de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
año 2021 y en el acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de mayo de 2021.
Este Rectorado, en virtud de las competencias que le están atribuidas conforme a
la ley, y efectuada negociación con los órganos de representación del Personal de
Administración y Servicios, ha resuelto: