3. Otras disposiciones. . (2021/98-18)
Orden de 16 de octubre de 2020, por la que se modifica la autorización administrativa del centro docente privado de formación profesional «080 Formación Profesional» de Motril (Granada). (PP. 1610/2021).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Martes, 25 de mayo de 2021
página 56

3. Otras disposiciones
Consejería de Educación y Deporte
Orden de 16 de octubre de 2020, por la que se modifica la autorización
administrativa del centro docente privado de formación profesional «080
Formación Profesional» de Motril (Granada). (PP. 1610/2021).
Visto el expediente tramitado a instancia de don Bernardo Spa Vázquez, como
representante de la entidad Área 080 Cualificación Profesional, Sociedad Limitada, titular
del centro docente privado de formación profesional «080 Formación Profesional», con
domicilio en Carretera de la Celulosa, s/n, Centro Desarrollo Turístico. Edificio 2, de Motril
(Granada), solicitando modificar el turno en el que imparte el ciclo formativo de formación
profesional de grado superior de Desarrollo de aplicaciones web que tiene autorizado,
según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Resultando que el citado centro, con código 18015122, tiene autorización para
impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Desarrollo de
aplicaciones web.
Resultando que en el expediente de autorización ha recaído informe favorable de la
Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación de Granada.
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a
la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley
Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa;
la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley
39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de
marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan
las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la
educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que
se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el
Real Decreto 686/2010, de 20 de mayo (BOE de 12 de junio), por el que se establece el
título de técnico superior en Desarrollo de aplicaciones web y se fijan sus enseñanzas
mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece
la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del
sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones
de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás
normas de vigente aplicación.
En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO

Ciclo formativo de formación profesional de grado superior impartido en turno de
mañana:
Desarrollo de aplicaciones web:
Núm. de ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 60.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192245

Primero. Conceder la modificación de la autorización solicitada al centro docente
privado de formación profesional «080 Formación Profesional», código 18015122 y
domicilio en Carretera de la Celulosa, s/n, Centro Desarrollo Turístico, Edificio 2, de
Motril (Granada), cuyo titular es la entidad Área 080 Cualificación Profesional, Sociedad
Limitada, quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación: