4. Administración de justicia. . (2021/97-17)
Edicto de 4 de mayo de 2021, del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, dimanante de autos núm. 842/2017. (PP. 1515/2021).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Lunes, 24 de mayo de 2021
página 241
00191846
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o
comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines
propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos
de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos).
En consecuencia, la difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha
sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos
contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un
especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Lunes, 24 de mayo de 2021
página 241
00191846
«En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o
comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines
propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos
de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la
libre circulación de estos datos).
En consecuencia, la difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha
sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos
contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un
especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios
a las leyes.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja