3. Otras disposiciones. . (2021/96-12)
Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Sevilla y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 126/2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 96 - Viernes, 21 de mayo de 2021
página 217

3. Otras disposiciones
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo
Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz
de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno de Sevilla y se emplazan
a los terceros interesados en el procedimiento abreviado 126/2021.
Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Uno
de Sevilla en el procedimiento abreviado 126/2021, originado por recurso contenciosoadministrativo interpuesto por la Central Sindical Independiente y de Funcionarios, contra
Oferta de empleo publicada en la página web del Servicio Andaluz de Empleo en fecha
10 de febrero de 2021, de 1 puesto de Titulado Superior Ingeniero Agrónomo A1.2002,
como funcionario interino en la Delegación Territorial de la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Rural de Sevilla, programa FEADER, a jornada completa,
se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde
la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en
el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que en el mismo día de la presentación del
recurso o en el siguiente, el Secretario Judicial requerirá con carácter urgente al órgano
administrativo correspondiente, acompañando copia del escrito de interposición, para
que en el plazo máximo de cinco días a contar desde la recepción del requerimiento
remita el expediente acompañado de los informes y datos que estime procedentes, con
apercibimiento de cuanto se establece en el artículo 48.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, al remitir el expediente el
órgano administrativo lo comunicará a todos los que aparezcan como interesados en el
mismo, acompañando copia del escrito de interposición y emplazándoles para que puedan
comparecer como demandados ante el Juzgado o Sala en el plazo de cinco días.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.

R ES U ELV E
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a la Central
Sindical Independiente y de Funcionarios al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
número 1 de Sevilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192548

En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 11 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA
número 31, de 14 de febrero de 2019), y el artículo 15.bis) de los Estatutos del Servicio
Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de
29 abril 2011).