Disposiciones generales. . (2021/93-2)
Orden de 12 de mayo de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a microempresas, pequeñas y medianas empresas, para el desarrollo de proyectos de prevención de riesgos laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de concurrencia competitiva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Martes, 18 de mayo de 2021
página 44
(Página 3 de 16)
4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que
impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado:
4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación del procedimiento de concesión:
Todas.
Ninguna.
Las siguientes personas o entidades:
5.- Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (Artículo 4).
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención:
Cuantía máxima de la subvención:
Cuantía mínima de la subvención:
Importe cierto:
Otra forma:
5.b) Posibilidad de prorrateo:
No.
Sí. El importe destinado a estas subvenciones será prorrateado aplicando la/s siguiente/s regla/s:
5.c).1º. Gastos subvencionables:
5.c).2º. Posibilidad de compensar gastos subvencionables:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00192192
No.
Sí. Se podrán compensar los siguientes gastos subvencionables:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 93 - Martes, 18 de mayo de 2021
página 44
(Página 3 de 16)
4.b) Periodo o periodos durante los que deben mantenerse los requisitos:
4.c) Otras circunstancias, previstas en normas autonómicas y estatales con rango de ley, y en las normas de la Unión Europea, que
impiden obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
4.d) Excepciones a las prohibiciones para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria:
No se establecen.
Se establecen las siguientes excepciones al artículo 3.3. del Texto Articulado:
4.e) Personas o entidades obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos durante la tramitación del procedimiento de concesión:
Todas.
Ninguna.
Las siguientes personas o entidades:
5.- Cuantía de las subvenciones y gastos subvencionables (Artículo 4).
5.a) Cuantía:
Porcentaje máximo de la subvención:
Cuantía máxima de la subvención:
Cuantía mínima de la subvención:
Importe cierto:
Otra forma:
5.b) Posibilidad de prorrateo:
No.
Sí. El importe destinado a estas subvenciones será prorrateado aplicando la/s siguiente/s regla/s:
5.c).1º. Gastos subvencionables:
5.c).2º. Posibilidad de compensar gastos subvencionables:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00192192
No.
Sí. Se podrán compensar los siguientes gastos subvencionables:
http://www.juntadeandalucia.es/eboja