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Resolución de 7 de mayo de 2021, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se anuncia la publicación de las Resoluciones emitidas por el Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (FEGA), de 21 de abril de 2021, mediante las que se actualiza la Resolución de 21 de febrero de 2019 y la Resolución de 24 de febrero de 2020, relativas a las solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2018 y 2019, respectivamente.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 92 - Lunes, 17 de mayo de 2021
página 207

NIF 08826111E y finalizando con el titular con NIF J23797277, siendo un total de 31
personas beneficiarias.
- Resolución de 21 de abril de 2021, mediante la que se actualiza la Resolución de 24
de febrero de 2020 del FEGA, por la que se deniegan determinadas solicitudes de
derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2019.
Constando de Anexo IV, que contiene el listado de las personas que presentaron
su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que no
cumplen las disposiciones comunitarias o nacionales que regulan dicha asignación
o cuyo cálculo realizado no ha supuesto la asignación de importe de reserva
nacional, en base al motivo que se detalla. Para cada solicitante, se indica el tipo y
caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, así como el/los códigos de
incidencias que afectan a su solicitud, siendo un total de un solicitante relacionado
con NIF 25597807A.
- Anexo V, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a dicha resolución.
- Anexo VI, relación de códigos y literales de las incidencias asociadas a la resolución
denegatoria.
La resolución y la información que contiene, podrá consultarse a partir del día siguiente
de su publicación en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y
Desarrollo Sostenible y en el Registro de Procedimientos y Servicios de la Consejería de
Hacienda, Industria y Energía, en las direcciones electrónicas:
https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/
areas/politica-agraria-comun/ayudas-pac/paginas/derechos-pago-basico-2018.html
https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/
areas/politica-agraria-comun/paginas/derechos-pago-basico-2019.html
https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturaganaderiapescaydesarrollosostenible/
servicios/procedimientos/detalle/7229/seguimiento.html
Dicha publicación sustituye a la notificación surtiendo sus mismos efectos, conforme
se establece en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Recursos.
Contra las citadas resoluciones emitidas por el FEGA, que no ponen fin a la vía
administrativa, y en la que se sustituye la notificación por la publicación, se podrá
interponer recurso de alzada en el plazo de un mes que se contará a partir del día
siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía. El recurso de alzada se dirigirá al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00192144

Sevilla, 7 de mayo de 2021.- La Directora General, María Consolación Vera Sánchez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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