Disposiciones generales. . (2021/92-1)
Resolución de 3 de mayo de 2021, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, a entidades locales andaluzas, para la realización de actuaciones en materia de juventud, para el ejercicio 2021.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 92 - Lunes, 17 de mayo de 2021
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003368/A02W

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

5

ANEXO II

DOCUMENTACIÓN (continuación)

DOCUMENTOS EN PODER DE OTRAS ADMINISTRACIONES (artículo 28 de la Ley 39/2015)
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de otras Administraciones Públicas, e indico a continuación la
información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento

Administración Pública y Órgano

Fecha de emisión
o presentación

Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó

1
2
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6

DECLARACIÓN, LUGAR, FECHA Y FIRMA

La persona abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que son ciertos cuantos datos figuran en el presente documento.
En

, a la fecha de la firma electrónica
LA PERSONA REPRESENTANTE LEGAL

Fdo.:

ILMO/A SR/A DIRECTOR/A GENERAL DEL INSTITUTO ANDALUZ DE LA JUVENTUD
Código Directorio Común de Unidades Orgánicas y Oficinas: A 0 1 0 1 4 2 0 0
INFORMACIÓN BÁSICA DE PROTECCIÓN DE DATOS
En cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento General de Protección de Datos, le informamos que:
a) El Responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, cuya dirección es Avda. de
Hytasa nº.14. Planta Baja (41006) de Sevilla. Correo electrónico: direcciongeneral.iaj@juntadeandalucia.es
b) Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica: dpd.iaj@juntadeandalucia.es
c) Los datos personales que nos indica se incorporan a la actividad de tratamiento denominada "Tramitación de subvenciones del Instituto Andaluz de
la Juventud", con la finalidad de gestionar y tramitar su solicitud de subvención; la licitud de dicho tratamiento se basa en el art. 6.1.c) RGPD
"Tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento", consecuencia de lo establecido en la
Disposición Adicional Primera de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública,
Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a Entidades de Derecho Público (Ley donde se crea el Instituto Andaluz
de la Juventud) en relación con el art. 74.a) y c) del Estatuto de Autonomía para Andalucía relativo a la competencia exclusiva de la Comunidad
Autónoma en materia de Juventud, que incluye, entre otras, la promoción del desarrollo personal y social de los jóvenes; las actividades de fomento o
normativas dirigidas a conseguir el acceso de éstos al trabajo, la vivienda y la formación profesional; y, asimismo, la promoción del asociacionismo
juvenil, de la participación de los jóvenes, de la movilidad internacional y del turismo juvenil.
d) Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no
ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica:
http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.
e) No están previstas cesiones de datos, salvo a posibles encargados de tratamiento por cuenta del responsable del mismo, o de las derivadas de
obligación legal.
La información adicional detallada, así como el formulario para la reclamación y/o ejercicio de derechos se encuentra disponible en la siguiente
dirección electrónica:
https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/166361.html
De acuerdo con el artículo 17 de las bases reguladoras de estas subvenciones, la falta de presentación en plazo de los documentos exigidos por la propuesta provisional
implicará (salvo que se trate de documentos que obren en poder de la Administración, respecto de los cuales la persona interesada haya ejercido su derecho a no
presentarlos):
a) Cuando se refiera a la acreditación de requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria, su desistimiento de solicitud.
b) Cuando se refiera a la acreditación de los elementos a considerar para aplicar los criterios de valoración, la no consideración de tales criterios, con la consiguiente
modificación de la valoración obtenida.
Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades en que se pudiera incurrir.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00192077

NOTA: