Disposiciones generales. . (2021/90-2)
Orden de 7 de mayo de 2021, por la que se modifica la de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades privadas y organizaciones sin ánimo de lucro, para la cooperación en la implantación y el desarrollo de las estrategias locales de intervención en zonas desfavorecidas en Andalucía, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 90 - Jueves, 13 de mayo de 2021
página 52

- El contenido técnico del proyecto y su adecuación a los objetivos
propuestos = (0-5 puntos).
- La descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar, así
como los medios técnicos y materiales que se empleen = (0-5 puntos).
- La metodología a emplear = (0-3 puntos).
- La evaluación de las necesidades de las personas o grupos con los que se
actúa = (0-2 puntos).

- Ámbito 3. Actuaciones que contribuyen a la mejora de la convivencia y la
consolidación de los procesos de desarrollo comunitario.
- El contenido técnico del proyecto y su adecuación a los objetivos
propuestos = (0-5 puntos).
- La descripción de las actividades concretas que se pretenden realizar, así
como los medios técnicos y materiales que se empleen = (0-5 puntos).
- La metodología a emplear = (0-3 puntos).
- La evaluación de la necesidades de las personas o grupos con los que se
actúa = (0-2 puntos).
2. Optimización y eficiencia de
los recursos humanos y
materiales necesarios para la
ejecución y desarrollo de las
actividades. (Acumulativos)

- La adecuación del presupuesto presentado por la entidad para la realización
del proyecto = (0-5 puntos).

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- Los indicadores de evaluación y control de las actividades en relación a los
medios técnicos y materiales con que cuenta la entidad = (0-3 puntos).

3. Número de personas
beneficiarias directas a las que
van dirigidas las actuaciones
contempladas en el Proyecto
(sumatorio entre todas las
zonas a intervenir).
4. Formación e Incorporación
del enfoque integrado de
género en todos los ámbitos
del Proyecto (acumulativo).

- Se valorá el número de participantes directos en proporción a la población
estimada en el Plan Local correspondiente, entendiéndose por participante
directo quien esté inscrito en el Registro de Participantes y tenga una edad
comprendida entre 16 y 67 años.

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4.1 Consideración del enfoque integrado de género en el Proyecto
-Identifica desequilibrios entre las situaciones de hombres y mujeres y aporta
datos cualitativos y cuantitativos desagregados = 2 puntos.

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-Formula actuaciones para reducir desequilibrios o desigualdades detectadas
= 2 puntos.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191856

- El coste medio por persona usuaria = (0-2 puntos).