Disposiciones generales. . (2021/90-1)
Orden de 27 de abril de 2021, por la que se convocan las ayudas previstas en la Orden de 9 de agosto de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones LEADER para costes de explotación y animación de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía correspondientes a la submedida 19.4 del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, para la implementación de la Estrategia de Desarrollo Local de la Zona Rural Leader de «Los Alcornocales».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 90 - Jueves, 13 de mayo de 2021
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Tercero. Solicitudes y documentación.
1. La solicitud deberá formularse conforme al modelo normalizado recogido como
Anexo I que se publica conjuntamente con la presente convocatoria. Dicho modelo estará
a disposición de la entidad solicitante a través del siguiente enlace del Catálogo de
Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/10668/como-solicitar.html
2. Tanto las solicitudes, como la documentación adjunta exigida en las bases
reguladoras, se presentarán por medios electrónicos y se hará a través de la dirección
electrónica identificada anteriormente; para ello, se deberá disponer de un sistema de
firma electrónica o un certificado electrónico reconocido que sea válido para poder
realizar los trámites contemplados en las bases reguladoras, expedido por cualquiera de
las entidades prestadoras de servicios de certificación incluidas en la lista de confianza a
la que se alude en el artículo 10.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Cuarto. Plazo máximo para resolver y sentido del silencio.
El plazo máximo para resolver el procedimiento y notificar la resolución será de tres
meses, y se computará desde la publicación de la presente orden. El vencimiento del
plazo máximo sin que se hubiese dictado y notificado la resolución expresa, legitima a la
entidad interesada para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de
concesión de la subvención.
Quinto. Financiación y régimen aplicable.
1. Las ayudas relativas a los costes de explotación y animación reguladas en la Orden
de 9 de agosto de 2017, correspondientes a la submedida 19.4 del Programa de Desarrollo
Rural de Andalucía 2014-2020, están cofinanciadas en un 90 por ciento por la Unión
Europea mediante el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), siendo la
contribución financiera aportada por la Comunidad Autónoma de Andalucía del 10 por
ciento restante y se harán efectivas a través de las siguientes partidas presupuestarias
de gastos de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible:
1300110000/G/71H/48600/00/C16B1941G5 y 1300110000/G/71H/48600/00/C16B1942G5.
Los importes correspondientes a la Zona Rural Leader de «Los Alcornocales», de los
costes de explotación y de animación son los que se indican a continuación con las
siguientes cuantías máximas:
No ITI
761.081,05 €
190.270,26 €
951.351,31 €

TOTAL
850.597,50 €
212.649,37 €
1.063.246,87 €

2. La concesión de las ayudas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias
existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del Texto Refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
3. Además del crédito máximo disponible para esta convocatoria, excepcionalmente
se podrá contar con una cuantía adicional, cuya aplicación a la concesión no requerirá
una nueva convocatoria, cuantía que podría incorporarse a la cuantía máxima indicada
con anterioridad, como consecuencia de un aumento del crédito disponible derivado de
una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.
La declaración del aumento del crédito se publicará por quien lleva a cabo la presente
convocatoria y por el mismo medio que ésta, sin que tal publicidad lleve aparejado la
apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni el inicio de un nuevo
cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191854

Costes de explotación (19.4.1)
Costes de animación (19.4.2)
TOTAL

Inversión Territorial Integrada
de Cádiz (ITI)
89.516,45 €
22.379,11 €
111.895,56 €