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Anuncio de 7 de mayo de 2021, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio en Almería, por el que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en sesión celebrada el 16 de marzo de 2021, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual núm. 4 del PGOU (Nueva Zonificación y Equipamientos) de Vélez-Blanco (Almería), en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 90 - Jueves, 13 de mayo de 2021
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Séptimo. En fecha 14 de diciembre de 2020 se remite el expediente a la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, interesando la solicitud del
preceptivo Dictamen del Consejo Consultivo de Andalucía.
Octavo. En fecha en fecha 25 de febrero de 2021 tiene entrada (núm. comunicación
ECO/2021/213710) en esta Delegación Territorial, dictamen del Consejo Consultivo
de Andalucía de fecha 4 de febrero de 2021, en el que se dictamina favorablemente
la Modificación Puntual núm. 4 del PGOU de Vélez-Blanco, nueva zonificación de
Equipamientos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
I. De conformidad con los Decretos de la Presidencia de 2/2019, de 21 de enero,
6/2019, de 11 de febrero, y 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre
reestructuración de Consejerías y Decreto 32/2019, de 5 de febrero, las competencias en
materia de planificación, ordenación territorial y urbanismo, corresponden a la Consejería
de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.
El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las
competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación
del Territorio y Urbanismo, distribuye las competencias que en materia de urbanismo tiene
la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA, entre los
diferentes órganos de la Administración Andaluza.
En virtud de lo dispuesto en la Disposición Transitoria tercera del Decreto 107/2019,
de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, las competencias recogidas en el
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y
Urbanismo, hasta tanto no se adapten a lo dispuesto en el presente Decreto, se entenderán
atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y
Ordenación del Territorio.
Que, a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del
Territorio, se adscribe la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo a
que se refiere el artículo 7 del Decreto 36/2014, de conformidad con lo establecido en la
Disposición Adicional duodécima del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre.

III. A tenor del art. 32.4 de la LOUA, la aprobación definitiva por la Consejería
competente en materia de urbanismo de los Planes Generales de Ordenación Urbanística
y de sus Innovaciones, deberá producirse de forma expresa en el plazo máximo de
cinco meses a contar desde el día siguiente al de la presentación en el registro de
dicha Consejería por el Ayuntamiento interesado del expediente completo, comprensivo
del proyecto de instrumento de planeamiento y las actuaciones practicadas en el
procedimiento de aprobación municipal.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00191888

II. La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Almería, es el
órgano competente para adoptar el acuerdo que proceda sobre la aprobación definitiva
de este expediente, al afectar la presente Innovación a la ordenación estructural del
PGOU de Vélez-Blanco,de conformidad con el art. 10.1.A.a), al afectar a la categoría
del suelo objeto de la misma, y con los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del
Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias
de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y
Urbanismo, al no encontrarse incluido dicho municipio en el anexo del Decreto 36/2014,
relativo a las Ciudades Principales y Ciudades Medias de nivel 1 del Plan de Ordenación
del Territorio de Andalucía.