5. Anuncios5. Otros anuncios oficiales. . (2021/87-25)
Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por la que se notifican colectivamente las liquidaciones de la tasa fiscal sobre las máquinas recreativas y de azar correspondientes al segundo trimestre de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Lunes, 10 de mayo de 2021
página 202

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
Consejería de Hacienda y Financiación Europea

En virtud de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 59 del Decreto-Legislativo 1/2018,
de 19 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones dictadas
por la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de tributos cedidos (en adelante, el
Texto Refundido), una vez transcurrido el plazo de 10 días naturales para la realización de
alegaciones por parte de las personas interesadas a los datos del registro de matrículas
de autorizaciones de explotación de máquinas recreativas vigentes a 1 de abril de 2021
(Anuncio de 5 de abril de 2021, publicado en BOJA extraordinario núm. 30, de 10 de abril de
2021), y conforme a lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre,
General Tributaria (en adelante, LGT), se notifican colectivamente las liquidaciones de la
cuota de la tasa fiscal sobre máquinas recreativas y de azar correspondiente al periodo
comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2021.
De conformidad con la disposición transitoria cuarta del Texto Refundido, dicha
publicación se realiza en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la creación de
la sede electrónica de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Así, a través de la presente resolución se pone en conocimiento de las personas
interesadas que la Agencia Tributaria de Andalucía ha practicado las liquidaciones
mencionadas y que, de acuerdo con los artículos 59 y 61 del Texto Refundido, ha expedido
los documentos de ingreso correspondientes (modelos 094) y los pone a disposición de
los contribuyentes a través de medios telemáticos en el siguiente enlace, para lo que
deberán acceder mediante certificado digital que acredite su identidad, en su condición
de titular de la explotación o, en su caso, como representante de la persona jurídica titular
de la misma:
https://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/generacion-de-cartas-depago-acumuladas-094Las liquidaciones deberán ser satisfechas durante los 20 primeros días naturales del
mes de junio de 2021, mediante el ingreso de los documentos de pago (modelos 094) en
cualquier entidad colaboradora (bancos y cooperativas de crédito autorizados), a través
de los cajeros automáticos de las entidades colaboradoras que dispongan de esta opción,
o a través de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria de Andalucía.
Los elementos determinantes de la cuantía de la deuda tributaria vienen establecidos
en el artículo 43.2 del Texto Refundido, según el cual la cuota fija trimestral se determinará
en función de la clasificación de las máquinas realizada por la Ley 5/1986, de 19 de
abril, y conforme a las normas detalladas en dicho precepto. En aplicación del artículo
55 del Decreto-ley 4/2021, de 23 de marzo, por el que se adoptan diversas medidas,
de carácter urgente y extraordinario, como consecuencia de la situación ocasionada
por el coronavirus (COVID-19) y se modifican otras disposiciones normativas, para las
cuotas del segundo trimestre del año 2021 correspondientes a las máquinas de tipo B o
recreativas con premio y máquinas tipo C o de azar se aplica la siguiente bonificación:
«Se aplicará una bonificación del 75% de la cuota trimestral de la tasa fiscal sobre los
juegos de suerte, envite o azar, relativa a máquinas recreativas y de azar a que se refiere el
artículo 43.2 del Texto Refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma
de Andalucía en materia de tributos cedidos, aprobado mediante el Decreto Legislativo
1/2018, de 19 de junio, devengada entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2021.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Resolución de 4 de mayo de 2021, de la Agencia Tributaria de Andalucía, por
la que se notifican colectivamente las liquidaciones de la tasa fiscal sobre las
máquinas recreativas y de azar correspondientes al segundo trimestre de 2021.