Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/87-7)
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se resuelve el concurso para la provisión de puestos de trabajo en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por orden que se cita.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Lunes, 10 de mayo de 2021
página 74
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial
y Fiscal, por la que se resuelve el concurso para la provisión de puestos de
trabajo en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y en el Instituto
Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por orden que se cita.
De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del Reglamento de
Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario
al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, y en la Orden JUS/1157/2020, de 5 de noviembre, por la que se convoca
concurso para la provisión de puestos de trabajo en los Institutos de Medicina Legal y
Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, esta
Dirección General acuerda:
Primero. Resolver el concurso de traslado adjudicando los puestos convocados a los
funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses que se relacionan
en el Anexo I.
Tercero. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de localidad del funcionario, ocho días hábiles si implica
cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica
cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que
será un mes tanto si el puesto de trabajo es el de origen como si es el de destino. Cuando
el adjudicatario de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio
activo el plazo será de veinte días hábiles.
Para los funcionarios que estén desempeñando un puesto de trabajo en comisión
de servicio, a efectos de plazos posesorios, se entenderá por localidad de funcionario
aquella en la que estén prestando servicios efectivamente.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al
del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación
de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
Quienes se encuentren desempeñando una comisión de servicio no será necesario
que se desplacen al órgano de origen que tengan reservado para formalizar el cese,
pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión; para ello,
la Administración hará llegar los documentos al órgano en el que el concursante se
encuentre desempeñando la comisión.
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo desde las situaciones de excedencia
voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés
particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, el plazo
de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto de la
plaza obtenida en el concurso.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191641
Segundo. Declarar desiertos los puestos relacionados en el Anexo II.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 87 - Lunes, 10 de mayo de 2021
página 74
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia
y Administración Local
Resolución de 19 de abril de 2021, de la Dirección General de Oficina Judicial
y Fiscal, por la que se resuelve el concurso para la provisión de puestos de
trabajo en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses y en el Instituto
Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocado por orden que se cita.
De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del Reglamento de
Ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario
al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7
de diciembre, y en la Orden JUS/1157/2020, de 5 de noviembre, por la que se convoca
concurso para la provisión de puestos de trabajo en los Institutos de Medicina Legal y
Ciencias Forenses y en el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, esta
Dirección General acuerda:
Primero. Resolver el concurso de traslado adjudicando los puestos convocados a los
funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses que se relacionan
en el Anexo I.
Tercero. El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de localidad del funcionario, ocho días hábiles si implica
cambio de localidad dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días hábiles si implica
cambio de Comunidad Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias,
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla, en que
será un mes tanto si el puesto de trabajo es el de origen como si es el de destino. Cuando
el adjudicatario de plaza obtenga con su toma de posesión el reingreso en el servicio
activo el plazo será de veinte días hábiles.
Para los funcionarios que estén desempeñando un puesto de trabajo en comisión
de servicio, a efectos de plazos posesorios, se entenderá por localidad de funcionario
aquella en la que estén prestando servicios efectivamente.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al
del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación
de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
Quienes se encuentren desempeñando una comisión de servicio no será necesario
que se desplacen al órgano de origen que tengan reservado para formalizar el cese,
pudiendo realizarlo en el órgano en el que estén prestando la comisión; para ello,
la Administración hará llegar los documentos al órgano en el que el concursante se
encuentre desempeñando la comisión.
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo desde las situaciones de excedencia
voluntaria por prestación de servicios en el sector público, excedencia voluntaria por interés
particular, excedencia voluntaria por agrupación familiar o suspensión de funciones, el plazo
de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto de la
plaza obtenida en el concurso.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00191641
Segundo. Declarar desiertos los puestos relacionados en el Anexo II.