3. Otras disposiciones. . (2021/83-14)
Resolución de 26 de abril de 2021, de la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, por la que se actualiza la relación de talleres artesanos que integran la Zona de Interés Artesanal de La Rambla (Córdoba).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 137
117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería
de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades; Ley 15/2005, de
22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía; y en la Orden de 8 de septiembre de 2011,
por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las
Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.
Por Orden de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades, de 16 de febrero de 2021, se delegan competencias en órganos directivos
de la Consejería y en determinados órganos de sus agencias administrativas.
En la citada orden se acuerda en el punto Segundo 4.j), delegar en la persona titular de
la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento la declaración, revisión
y revocación de las Zonas y Puntos de interés Artesanal prevista en el artículo 15.2 de la
Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, y en el artículo 12.2 de la
Orden de 8 de septiembre de 2011, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por
la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas
y Puntos de Interés Artesanal y se aprueba el distintivo para su identificación.
Segundo. Vista la solicitud de la Asociación de Artesanos Alfareros de La Rambla
relativa a la baja del taller de don Antonio Jesús Ortiz Ruiz en la Zona de Interés Artesanal
de La Rambla, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, vistos los preceptos legales
citados, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y demás normativa de general y pertinente aplicación, y una
vez finalizados los trámites reglamentarios,
R ES U ELVO
Primero. Declarar la baja del taller que a continuación se relaciona:
Núm.
Denominación del Taller
1
Antonio Jesús Ortiz Ruiz
Segundo. La relación actualizada de los talleres incluidos en la Zona de Interés
Artesanal de La Rambla es la que se detalla en el anexo a esta resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o bien ser impugnada directamente
ante la Sala competente de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día
siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 30,
123 y 124, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00191189
Sevilla, 26 de abril de 2021.- El Consejero de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, P.D. (Orden de 16.2.2021, BOJA núm. 36, de 23.2.2021), el
Secretario General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, Pablo Cortés Achedad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 83 - Martes, 4 de mayo de 2021
página 137
117/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería
de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades; Ley 15/2005, de
22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía; y en la Orden de 8 de septiembre de 2011,
por la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las
Zonas y Puntos de Interés Artesanal, y se aprueba el distintivo para su identificación.
Por Orden de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades, de 16 de febrero de 2021, se delegan competencias en órganos directivos
de la Consejería y en determinados órganos de sus agencias administrativas.
En la citada orden se acuerda en el punto Segundo 4.j), delegar en la persona titular de
la Secretaría General de Empresa, Innovación y Emprendimiento la declaración, revisión
y revocación de las Zonas y Puntos de interés Artesanal prevista en el artículo 15.2 de la
Ley 15/2005, de 22 de diciembre, de Artesanía de Andalucía, y en el artículo 12.2 de la
Orden de 8 de septiembre de 2011, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, por
la que se regula el procedimiento para la declaración, revisión y revocación de las Zonas
y Puntos de Interés Artesanal y se aprueba el distintivo para su identificación.
Segundo. Vista la solicitud de la Asociación de Artesanos Alfareros de La Rambla
relativa a la baja del taller de don Antonio Jesús Ortiz Ruiz en la Zona de Interés Artesanal
de La Rambla, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, vistos los preceptos legales
citados, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y demás normativa de general y pertinente aplicación, y una
vez finalizados los trámites reglamentarios,
R ES U ELVO
Primero. Declarar la baja del taller que a continuación se relaciona:
Núm.
Denominación del Taller
1
Antonio Jesús Ortiz Ruiz
Segundo. La relación actualizada de los talleres incluidos en la Zona de Interés
Artesanal de La Rambla es la que se detalla en el anexo a esta resolución.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o bien ser impugnada directamente
ante la Sala competente de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día
siguiente al de su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 30,
123 y 124, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
Administración de la Junta de Andalucía, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de
13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
00191189
Sevilla, 26 de abril de 2021.- El Consejero de Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades, P.D. (Orden de 16.2.2021, BOJA núm. 36, de 23.2.2021), el
Secretario General de Empresa, Innovación y Emprendimiento, Pablo Cortés Achedad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja