Autoridades y personal Oposiciones, concursos y otras convocatorias. . (2021/81-15)
Resolución de 12 de abril de 2021, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan a concurso de acceso entre acreditados plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 81 - Viernes, 30 de abril de 2021
página 147

5. Comisiones
5.1. La composición de las Comisiones es la que figura en el Anexo II de esta
convocatoria.
Respecto a la constitución de las mismas, ausencia de alguno de sus miembros,
adopción de acuerdos, asistencias e indemnizaciones, se estará a lo establecido en el
Reglamento para los Concursos de Acceso entre acreditados a Cuerpos de Funcionarios
Docentes Universitarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
5.2. A fin de garantizar la transparencia y objetividad en el nombramiento de los
miembros de las Comisiones que resolverán los concursos de acceso, la Universidad
Pablo de Olavide, de Sevilla, publicará en su página web, el contenido de los currículos
de los miembros, respecto a los datos recogidos en el anexo del R.D. 1312/2007, de 5 de
octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos
docentes universitarios, de acuerdo con el art. 62.3 de la LOMLOU.
5.3. Las Comisiones deberán constituirse dentro del plazo máximo de tres meses
desde la publicación de la convocatoria del concurso de acceso en el Boletín Oficial del
Estado, por lo que cada Presidente, previa consulta a los restantes miembros de las
mismas, dictará una resolución, que deberá ser notificada a todos los interesados con
una antelación mínima de quince días naturales, respecto de la fecha del acto para el que
se les cita, convocando a:
a) Todos los miembros titulares de la Comisión y, en su caso, a los suplentes
necesarios para efectuar el acto de constitución de la misma y proceder, a continuación, a
fijar y hacer públicos los criterios específicos para la valoración del concurso, que deberán
referirse, en todo caso, al historial académico, docente e investigador del aspirante, su
proyecto docente e investigador, así como permitir contrastar sus capacidades para la
exposición y debate en la correspondiente materia o especialidad en sesión pública. En la
notificación se indicará el día, hora y lugar previsto para el acto de constitución.
b) Todos los aspirantes admitidos a participar en el concurso, para realizar el acto de
presentación de los concursantes, y con señalamiento del día, hora y lugar de celebración
de dicho acto; a estos efectos, el plazo entre la fecha prevista para el acto de constitución
de la Comisión y la fecha señalada para el acto de presentación no podrá exceder de dos
días hábiles.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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excluyendo aquellos periodos que la Universidad declare inhábiles a efectos de cómputo
de plazos.
Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los interesados, de acuerdo
con lo previsto en el art. 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que no se realizará
notificación personal alguna. El mismo carácter tendrán las distintas publicaciones en el
Tablón Electrónico Oficial de esta Universidad de los acuerdos y resoluciones a que de
lugar esta convocatoria.
Contra la relación provisional de admitidos y excluidos, los interesados podrán
presentar a través del Registro Telemático de la Universidad reclamación ante el Rector
en el plazo máximo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación,
para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión u omisión de la lista de admitidos
y excluidos. Los aspirantes que dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o
aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.
Finalizado el plazo de reclamaciones y resueltas las mismas, el Rector dictará
resolución aprobando la relación definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará
en la forma anteriormente establecida. Contra la resolución que finalmente recaiga
se podrá interponer recurso en los términos previstos en los artículos 112 y siguientes
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.